
La Corporación reiteró que los funcionarios judiciales no pueden entregar esa información a la Procuraduría o a cualquier otra entidad con el ánimo de salvaguardar sus derechos fundamentales y con el fin de evitar que sean estigmatizadas por solicitar abortos en los casos amparados.
Cabe recordar que en fallo de tutela reciente, la Corte ordenó cumplusar copias a los organismos de control a varios funcionarios judiciales que suministraron la información de una menor de 12 años a la que se le practicó un aborto.
La Corte precisó que no solo se debe salvaguardar la identidad de la mujer que se practicó un aborto, sino que se deben omitir informaciones que permitan identificar su lugar de origen, o la EPS que trató el caso.
Para la Corte es tan importante proteger esta información debido a que se han conocido casos de mujeres que acuden a clínicas clandestinas para realizarse un aborto incluso poniendo en riesgo su vida.

