Desde hoy y hasta el próximo 27 de diciembre, en manos del Fiscal General de la Nación quedará la potestad exclusiva de conocer las investigaciones por los llamados ‘falsos positivos’ en que se vean involucrados miembros de la Fuerza Pública.

Publicado por: COLPRENSA
La directiva 00001 expedida el pasado 22 de mayo por el fiscal General, Eduardo Montelagre, advierte que “bajo ninguna circunstancia” estos procesos podrán pasar a conocimiento de la Justicia Penal Militar (JPM).
De acuerdo con el documento, de esta manera se da cumplimiento al artículo 4 transitorio del Acto Legislativo No. 02 del 27 de diciembre de 2012, que reglamenta la aplicación del Fuero Penal Militar y que otorgó “un plazo máximo de un año para que la Fiscalía, en cooperación con la Fuerza Pública, determine la jurisdicción para los procesos que cursan contra miembros de la Fuerza Pública”.
La decisión de cuáles procesos se trasladarían de una jurisdicción a otra se tomará según el artículo tres del mencionado Acto Legislativo, que modificó el artículo 221 de la Constitución Política de Colombia.
Este artículo dice que los procesos de investigación contra miembros de la Fuerza Pública solo se quedarán en la Justicia Penal Militar cuando corresponda a actos propios del servicio activo, los cuales serán juzgados con base en el Derecho Internacional Humanitario.
La misma directiva da potestad exclusiva al despacho del Fiscal General para evaluar estos procesos hasta el 27 de diciembre entrante. “Al final de año, tanto la Fiscalía como la Justicia Militar deben presentar sus casos y decidir en forma definitiva cuál se va para cada jurisdicción”, explica Sebastián machado, asesor del despacho del fiscal Montelaegre.
El jefe del ente acusador explicó que con esto se pretende aclarar que “no todo hecho cometido en el conflicto armado debe ser competencia de la justicia penal militar”.
En ese sentido, dijo que a partir de esta directriz, cuando se trate de violaciones al DIH o hechos cometidos durante el conflicto, para que sean competencia de la JPM deben tener una relación muy estrecha con el conflicto.
“Hemos cerrado la puerta, puesto un candado con llave en la Fiscalía para evitar que los ‘falsos positivos’ pasen a la Justicia Penal Militar”, precisó Montealegre.
Sin embargo, los delitos cometidos fuera del servicio, o que correspondan a crímenes de lesa humanidad, genocidio, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, tortura, desplazamiento forzado y los ‘falsos positivos’, serán conocidos y juzgados por la justicia ordinaria.
Lo mismo ocurrirá con los excesos cometidos por miembros de la Fuerza Pública durante operaciones legítimas.
La directiva también determina que no todos los delitos cometidos durante una operación militar no determinan inmediatamente cuál es su jurisdicción por lo que, cuando existan dudas sobre el tema, el Fiscal tomará la decisión asignándola preferentemente a la justicia ordinaria.
Sin importar su jurisdicción, siempre serán juzgados con base en el DIH.
COLISIÓN DE COMPETENCIAS
Según Machado, desde febrero de este año se emitió la circular 004 en la Fiscalía, para que otros fiscales no interfirieran con temas jurisdiccionales de los delitos cometidos por la Fuerza Pública.
El asesor del Fiscal General explicó que “en casos de conflicto entre las dos jurisdicciones –ordinaria y JPM-, quien debe evaluar es el Consejo Superior de la Judicatura”, pero precisó que la normatividad advierte que “en casos de duda, el ente que establezca la jurisdicción, lo debe hacer con preferencia hacia la justicia ordinaria”.
No obstante, la reacción del Consejo Superior de la Judicatura no se hizo esperar. El presidente de la Sala Disciplinaria de la corporación, Wilson Ruiz, dijo que la Judicatura está a la espera de una circular que la Fiscalía le debe enviar en los próximos días.
En todo caso, Ruiz recordó que por disposición constitucional el único tribunal competente para decir si un caso va a la JPM o la justicia ordinaria es el Consejo Superior de la Judicatura. “No hay nadie más”, dijo Ruiz.
Con todo, el Acto Legislativo 02 establece que el 27 de diciembre de 2013 debe entrar en vigencia el nuevo Tribunal de Garantías que se encargará de definir la competencia entre esas dos jurisdicciones. El nuevo organismo estará conformado por 8 magistrados, 4 de la justicia ordinaria y 4 miembros de la fuerza pública en retiro.











