Defensa de Procurador Ordóñez recusa a dos magistrados
El abogado de Ordóñez, Miguel González, le dijo a Colprensa que Yepes tendría que separarse del cargo puesto que “la ley procesal señala que está prohibido dar a conocer las ponencias antes de que sean votadas y se conviertan en fallo”.
La recusación se presentó no solo por la filtración de la ponencia sino porque la reciente columna de María Isabel Rueda da a entender, según la defensa, que “la ponencia se la filtraron a ella”.
El abogado González señaló que la recusación también se extiende la magistrada Lucy Jeanette Bermúdez quien, según dijo, presentó por fuera del proceso un documento de 100 páginas al magistrado Yepes en el que supuestamente incurrió en un prejuzgamiento en el caso.
Esta recusación demoraría el inicio el debate el interior de la Sección Quinta sobre el futuro de Ordóñez que está previsto para las 2:30 pm.
La Sala, compuesta por tres magistrados titulares y dos conjueces, debatirá la ponencia del magistrado Alberto Yepes, quien sorprendió con la tesis de que Ordóñez no podía ser reelegido en el cargo porque la Constitución y la Ley no lo permite y tampoco lo prohíben y que, los servidores públicos, no pueden hacer lo que no está autorizado jurídicamente.
Esta es la tesis del jurista Carlos Mario Isaza, demandante en el caso, y quien además se basó en el artículo 121 de la Constitución Política que expresamente señala: “ninguna autoridad del Estado podrá ejercer funciones distintas de las que le atribuye la Constitución y la ley”.
Este debate incluye además otra controversia, ya que el magistrado Yepes cambió su ponencia original y porque esta tesis es contraria a una que él mismo había formulado en el pasado y es que en materia de servidores públicos la norma tiene que decir expresamente que la reelección está prohibida.
Dicha posición la postuló Yepes, tal y como reveló Colprensa el pasado jueves, en un fallo de octubre de 2012, en la que se trataba la reelección del rector de la Universidad de Cundinamarca para el periodo 2011-2015, Adolfo Miguel Polo Lozano.
“Como se trata de un derecho fundamental que en principio puede ejercerse plenamente, lo que sí procede, cuando se quiere delimitar el derecho a ser elegido en más de una ocasión, consecutiva o no, es fijar la prohibición expresamente, lo cual puede ocurrir en forma tajante, como cuando abiertamente se dice que el funcionario no podrá ser reelegido, o de manera relativa, como cuando se prohíbe la reelección para el periodo inmediatamente siguiente o cuando la reelección se permite una sola vez”, asegura ese fallo.
No obstante, la ponencia del magistrado Yepes parece tener mayoría al interior de la Sección Quinta, por lo que este lunes se convierte en un día clave para Ordóñez. Si la Sala no se aplaza, como ya sucedió y alcanzan a votar, el Procurador tiene un paso afuera del Ministerio Público. Pero, si la Sala no se realiza, el martes en Sala Plena, se debatirá la petición de varios magistrados del Consejo de Estado de llevar allí el caso y sacarlo de la Sección Quinta.
Esta posibilidad es controversial, porque ya la Sala Plena en auto del 24 de abril pasado estimó que la Sala no debía tomar el caso por no haber jurisprudencia qué unificar. Para Isaza, la posibilidad que el caso pase a Sala Plena no tiene asidero y evidencia un interés político del Consejo de Estado.
“Ahora que por razón de la ponencia que se radica, magistrados afectos al Procurador ven amenazada la permanencia de este en el cargo, quieren pasarlo a Sala Plena pero entrarían en contradicción con lo que ya resolvieron y que marca un derrotero para el marco del proceso”, señaló.