Tránsito anuncia que regulará el servicio de ‘Valet Parking’
Para ello, la entidad expidió la Resolución No. 282, con la cual fijó el reglamento del servicio de recepción y depósito de estos carros.
Tal disposición señala que las empresas privadas deberán primero solicitar el permiso y la autorización oficial.
Además, tendrán que ser propietarias o administradoras de un parqueadero que esté localizado al menos a diez cuadras de donde opera el ‘Valet Parking’ y contar con una póliza que cubra específicamente esa actividad.
Así lo informó Miller Salas Rondón, titular Tránsito. Según dijo, “con esta estrategia podemos mejorar la problemática que se nos presenta alrededor de muchos establecimientos, donde las vías están invadidas de vehículos estacionados que dificultan la movilidad”.
Este servicio deberá prestarse por parte de operadores cuyos conductores tengan licencias de conducción vigentes y estén uniformados e identificados con las marcas de las empresas.
El espacio permitido para la atención al usuario del ‘ Valet Parking’ será de máximo dos metros cuadrados, sin que esto signifique ocupación permanente de la vía pública.
Los sitios para la operación serán autorizados por Tránsito, una vez se determine que no generan afectación alguna en la circulación vial, durante el tiempo de recibo y entrega del vehículo.
El funcionario recalcó que “las empresas de ‘Valet Parking’ no podrán utilizar andenes, casas desocupadas, vías públicas, parques, zonas verdes o lotes sin encerramiento para estacionar los automotores”.