Bucaramanga
Aclare sus dudas sobre la Declaración de Renta
La reforma tributaria de hace dos años, fundamentada en la Ley 1819 de 2016, trajo varios cambios en materia de impuestos. Uno de ellos, que empezará a regir a partir del próximo 9 de agosto, es el mecanismo por el cual se declarará el Impuesto Sobre La Renta y Complementarios de las personas naturales del año gravable 2017: el sistema cedular.
Pero primero que nada, ¿quiénes deben declarar este tributo? De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) si se es responsable del régimen común del Impuesto Sobre las Ventas (IVA), si se tuvo ingresos brutos iguales o superiores a 44.603.000 pesos durante el año 2017, si se registró un patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2017 por encima de 143.366.000 pesos.
De igual forma, aquellos que realizaron consumos con tarjeta de crédito, compras y/o consumos con cualquier medio de pago, o consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras superiores a 44.603.000 pesos en el año pasado.
Y, ¿cómo se debe declarar en el nuevo esquema? Pues Adriana Solano Cantor, directora de Gestión de Ingresos de la Dian, informó que los contribuyentes deben llenar el nuevo formulario 210, que está colgado en el portal web de la administración tributaria. “Hasta el momento hemos recibido un poco más de 16 mil declaraciones”, puntualizó.
Lo que se pide para llenar el nuevo formulario, de acuerdo con la metodología del mecanismo de declaración de renta, son los ingresos según su origen, pues cada uno tiene una tarifa y un tratamiento particular en función del perfil, catalogados así: Rentas de Trabajo, Rentas de Pensiones, Rentas de Capital, Rentas no Laborales, Rentas de dividendos y participaciones (ver Glosario).