Colombia
Viernes 16 de junio de 2017 - 10:04 AM

Gobierno solicitó la nulidad del fallo que limita el mecanismo del ‘fast track’

El Gobierno Nacional solicitó este viernes la nulidad del fallo emitido el pasado 17 de mayo por la Corte Constitucional que había tumbado dos apartes de la vía rápida legislativa o ‘fast track’, que se utiliza para tramitar las normas pactadas el Acuerdo de Paz con las Farc.

El Gobierno considera que la Corte Constitucional incurrió en una violación al debido proceso. (Foto: Colprensa /VANGUARDIA LIBERAL)
El Gobierno considera que la Corte Constitucional incurrió en una violación al debido proceso. (Foto: Colprensa /VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: COLPRENSA

Según la Agencia Nacional de la Defensa Jurídica del Estado, en el fallo de la Corte Constitucional hubo una "violación al debido proceso por haberse proferido una decisión sin mayorías constitucionales".

El fallo de la Corte Constitucional le había dado un duro golpe a la tramitación legislativa de los acuerdos con las Farc al tumbar los dos apartes del Acto Legislativo.

Se trató del numeral ‘h’ del artículo primero del Acto Legislativo para la Paz, que decía literalmente que “los proyectos de ley y de acto legislativo solo podrán tener modificaciones siempre que se ajusten al contenido del Acuerdo Final y que cuenten con el aval previo del Gobierno Nacional”.

Este era uno de los puntos que más cuestionaba el Centro Democrático, porque impedía que se les hicieran modificaciones a los proyectos del Gobierno y objetar lo allí contenido.

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Con esta determinación, de ahora en adelante los proyectos que se vayan a tramitar en el Congreso por esta vía sí podrán ser objeto de proposiciones por parte de los partidos políticos.

La Corte también tumbó el numeral ‘j’ de dicho artículo, que dice: “En la comisión y en las plenarias se decidirá sobre la totalidad de cada proyecto, con las modificaciones avaladas por el Gobierno Nacional, en una sola votación”. Es decir, esta disposición señalaba que las votaciones tenían que hacerse en bloque.

La Sala Plena consideró que estas normas violaban el principio de separación de poderes, en la medida en que las limitaciones a la capacidad deliberativa y decisoria del Congreso contenidas en tales numerales resultaban incompatibles con dicho principio.

Publicado por: COLPRENSA

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