Dian espera recaudar más de $2 billones con impuesto sobre la renta
Para este año, el cobro tiene modificaciones, de acuerdo con la reforma tributaria de 2012, lo que originó que cerca de 750.000 personas naturales van a tener que realizar la declaración de sus ingresos y su patrimonio por primera vez.
La directora de Gestión de Ingresos de la Dian, Cecilia Rico, explicó cuáles son los cambios que trae el impuesto para este año y dio consejos para aquellas personas que tienen que estrenarse en declarar renta.
- ¿Qué es el impuesto sobre la renta?
Como su nombre lo indica, busca gravar el ingreso que perciban las personas naturales y el patrimonio, de manera proporcional. Es decir, a mayor nivel de ingresos brutos, a mayor nivel de patrimonio, mayor impuesto. En la teoría fiscal se utiliza mucho como un instrumento para redistribuir el ingreso, que entre otras cosas fue la motivación de las modificaciones que se introdujeron con la Ley 1637 de 2012.
- ¿Quiénes deben declarar renta este año?
Hay cinco requisitos que las personas naturales deben verificar. Si cumple uno solo de esos está obligado a hacerlo. En algunos casos habrá personas que cumplen uno o dos y en otros hasta los cinco ítem, pero lo importante es tener claro que con uno solo que cumpla ya nace la obligación de presentar la declaración de renta. Si le toca pagar o no, depende de los montos de ingreso que haya tenido en el periodo vigente entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2013.
- ¿Cuáles son esos requisitos que se deben verificar?
El primero tiene que ver con los ingresos brutos que percibió la persona, por un valor igual o superior a los $37.577.000. El segundo es si el patrimonio bruto (como vivienda, vehículos, entre otros bienes) es superior a los $120.785.000. El tercer requisito son las compras que se hicieron en 2013 con tarjetas de crédito o débito, que superen el valor de $75.155.000. En cuarto lugar está el valor acumulado de las consignaciones bancarias, que superen la suma de $120.785.000. Aquí vale la pena aclarar que la Dian suma el acumulado de las transacciones, por eso no importa si fue un dinero que pasaron entre varias cuentas de su propiedad o simplemente por haberla prestado a un tercero. Y el último requisito, independiente de los topes, es si la persona es responsable del régimen común de ventas.
- ¿Cuándo se cumple con más de un requisito la persona podría pagar un impuesto mayor?
Eso no tiene nada que ver. La proporcionalidad del impuesto o el mayor incremento está dado por el nivel de ingresos y el nivel de patrimonio que se tenga. Hay personas que tienen que declarar por patrimonio bruto, pero no tienen trabajo ni una fuente de ingreso. En ese sentido debo declarar una renta presuntiva.
- En el caso del patrimonio, ¿la declaración se debe hacer con el avalúo de los inmuebles o los vehículos?
El ciudadano lo que debe hacer es que si a la Secretaría de Hacienda de Bogotá le reportó que la vivienda vale $500 millones, ese es el mismo valor que debe aparecer en la renta. Lo que pasa es que las personas regularmente juegan con el tema de un valor para pagar el predial y otro valor para reportar a la Dian. Si no la voy a vender, no hay ningún problema que lo reporte por el valor del predial, pero si lo que voy es a vender, lo mejor para que no se genere una ganancia ocasional es que se declare por el valor comercial.
- ¿Qué otros puntos deben tener en cuenta la personas naturales para realizar su declaración?
Lo que tiene que hacer un ciudadano es verificar los requisitos a ver cuál cumplen. En el caso del patrimonio bruto también es importante aclarar que pueden tener algún crédito hipotecario; por ejemplo si la vivienda vale $200 millones, pero le debe $150 millones al banco, el análisis es que ese apartamento o casa es del banco. Ahí deben tener en cuenta que es el patrimonio bruto, por lo que sí están obligados a declarar.
- ¿Cuántas personas van a realizar la declaración este año?
Estamos hablando de 2.106.476 personas; de esas son 750.000 las nuevas que van a declarar. Estas personas las identificó la Dian con base en la información que mandaron los terceros: los contribuyentes que están obligados a entregar información, información que mandan los bancos, los notarios. Así identificamos uno a uno, en cada municipio, quienes deben declarar y por qué deben declarar.
- ¿Cuánto se tiene proyectado recaudar por impuesto sobre la renta?
La proyección es de $2 billones. Vale la pena explicar que no es el recaudo total de las personas naturales, porque cuando se hace la declaración, se liquida el impuesto y se le restan las retenciones que fui acumulando cada mes. El total de lo que contribuyen las personas naturales es cercano a $7 billones, pero lo pagan a lo largo del año a través de las retenciones al salario.
- Algunas personas todavía tienen dudas frente a la declaración, en cuanto a ingresos y gastos. ¿Cuáles son los factores que les originan descuentos a los contribuyentes?
Una cosa son las deudas que afectan mi patrimonio y otra son los ingresos. Los formularios tienen una sección de patrimonio y otra donde hay cosas que se pueden deducir. Por ejemplo los aportes obligatorios al sistema de seguridad social, más el aporte a solidaridad. Además, si tuve alguna enfermedad catastrófica e hice pagos en salud diferentes al POS. La norma dice que este año, si se tienen personas que dependientes, estas tienen un valor que pueden deducir.
- En ese caso sería cuando los hijos están estudiando y aspectos similares...
La educación ya no se puede deducir. En reemplazo, lo que dice la norma es que va a dejar que deduzca por el número de personas que tiene a su cargo. En ese caso sería el 10 % del ingreso que gane, siempre y cuando no pase de los $10.307.000 en el caso de los empleados. Igual pasa con el crédito hipotecario, pero también tiene un límite. En ese aspecto no se pueden pasar de los $32.909.000. Eso quiere decir que si el banco cobró 60 millones de intereses, no puedo pedir los 60 millones, solo lo que dice la norma. Otros deducibles son el gravamen a los movimientos financieros. Allí, si a la persona por GMS le descontaron un millón de pesos, solo puede descontar la mitad, que serían $500.000.
- ¿Qué papeles debe presentar la persona que va a declarar renta?
En el caso de un empleado es muy sencillo. Su certificado de ingresos y retenciones, el cual se lo facilita la empresa en la que trabaja. Además, debe estar inscrito en el Registro Único Tributario. En el RUT están todos los datos como nombre, ubicación, dirección seccional a la que pertenece, que es un aspecto muy importante, porque cuando haga la declaración se le va a pedir. Además allí se encuentra a qué actividad económica pertenece. Si tiene inmuebles y presentó declaración del predial, entonces también es importante tenerlo a la mano, porque ahí está el valor del inmueble. Si tienen CDT el banco debe dar una certificación.
- ¿Qué deben hacer las personas que no tengan RUT?
Son casos excepcionales. La mayoría de los ciudadanos nuevos declarantes ya están inscritos en el RUT y a la mayoría de los nuevos declarantes la Dian ya de oficio les actualizó su RUT y les actualizó que es responsable de renta. Igual, los que se vayan a inscribir en el RUT, lo único que deben llevar es la cédula y una fotocopia de la misma.
- ¿A través de qué medio pueden declarar las personas naturales?
Hay personas que tienen mecanismo digital y pueden presentar su declaración a través de los servicios. Hasta el año pasado había cerca de un millón de personas que seguían declarando en papel. Ese formulario tenía un costo de $6000, pero este año el formulario es gratuito y lo estamos entregando en las oficinas de contacto de la Dian; pero esa es la última opción que queremos que cojan, por dos razones: que les vamos a evitar los costos de la movilización para ir a un punto de contacto y, segundo, su tiempo.
- ¿Por qué acceder a los servicios en línea para realizar la declaración?
Una de las cosas de acceder a los servicios en línea es que al diligenciar un formulario a mano se pueden equivocar con el bolígrafo. Si se equivoca, el banco lo manda y, cuando entra a las bases de la Dian, queda detenido hasta que se corrijan los errores. Entonces es mucho mejor en línea, porque va diligenciando los datos y el mismo formulario le va asignando los valores, los descuentos, etc.
- ¿Qué ayudas van a tener las personas para hacer su declaración en línea?
En la páginas web de la entidad hay un programa para que la gente pueda hacer un borrador de lo que va a declarar. Ahí liquida la declaración, se imprime ese borrador y luego van a la opción de usuarios no registrados, seleccionan el formulario en el que van a declarar, llenan los datos que ya sacó en el borrador, imprimen dos ejemplares y los presentan al banco. Hay que insistir en que así dé impuesto cero y no se tenga que pagar, debe llevar el formulario al banco, porque solo cuando lo presentan allá se encuentra cumplida la obligación. Hemos puesto muchas ayudas en la página, unos test muy sencillos, con los que se le pregunta a la gente si tuvo ingresos o patrimonio y ahí va verificando, para saber si debe declarar.
- ¿Qué formularios se pueden utilizar?
La entidad habilitó el formulario 110, aplicable a contribuyentes naturales que están obligados a llevar contabilidad y se encuentran clasificados en las categorías de Trabajadores por Cuenta Propia y Otros. El formulario 210, si la persona natural se encuentra catalogado en la categoría de Empleados. El formulario 230, el cual pueden utilizar las personas catalogados en la categoría de empleados que deseen y puedan determinar su impuesto sobre la renta por el IMAS. Y el formulario 240, aplicable a aquellos trabajadores por cuenta propia que deseen y puedan declarar su impuesto de renta por el IMAS.
- La Dian espera un cumplimiento en la declaración de la renta...
Desde la Dirección de Ingresos venimos trabajando con los contribuyentes para que cumplan con la obligación. Hemos enviado mensajes a celular, ya casi vamos a completar un millón de estos mensajes a celulares y tengo cupo de 3 millones. Estamos recordándoles a través de correos electrónicos. Este fin de semana (2 y 3 de agosto) tenemos una feria de servicios para dar charlas y explicar los cambios del impuesto. Allí mismo les hacemos la inscripción en el RUT. Estas jornadas han tenido gran acogida, pues llevamos cerca de 38.000 personas atendidas. Es bueno que aprovechen esto en las 34 ciudades donde la Dian tiene seccional para que asistan y aclaren las dudas.
- ¿Qué viene para las personas que no cumplan con la obligación?
Si se pasa de la fecha le cobran intereses de mora, que son bien altos respecto a la tasa de usura, que está en el 29 % hasta el 30 de septiembre. Además van a cobrarle el 5 % por cada mes o fracción que se retarde. Si definitivamente no presentó la declaración y no la piensa presentar, la sanción es el 20 % de los ingresos.
CALENDARIO PARA PRESENTAR IMPUESTO SOBRE LA RENTA
La directora de Gestión de Ingresos, Cecilia Rico, recomendó no esperar hasta el último día de plazo según el calendario tributario, ya que si hay alguna inquietud, se necesita tiempo para acudir a algún punto de la DIAN para que se le oriente. Los vencimientos van desde el 12 de agosto de 2014, para las cédulas terminadas en 01-02 y sucesivamente durante los próximos dos meses durante los días hábiles, hasta llegar al 22 de octubre de 2014 con los dígitos 99-00.
En algunas de las regiones esta es la cantidad de declarantes:
- Bogotá… 764.463
- Antioquia… 296.601
- Valle del Cauca… 184.317
- Santander… 120.645
- Cundinamarca… 79.935
- Atlántico… 73.291
- Boyacá… 51.025
- Bolívar… 44.938
- Risaralda… 45.593
- Tolima… 44.638
- Meta… 44.024
- Norte de Santander… 41.391
- Caldas… 41.500
- Cesar… 23.167
- Magdalena… 22.916