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Colombia
Jueves 13 de junio de 2019 - 12:00 PM

Conozca la ley que prohíbe el uso del asbesto en Colombia

Seis meses después de que entre en vigencia la Ley Ana Cecilia Niño, que prohíbe el uso del asbesto en Colombia a partir del 2021, se deberá reglamentar una ruta de atención integral para personas expuestas a este material cancerígeno.

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Según datos del Instituto Nacional de Cancerología, en los últimos cinco años en Colombia han fallecido 1744 personas por cáncer de pulmón, producto de la exposición al asbesto. (Foto: Suministrada)
Según datos del Instituto Nacional de Cancerología, en los últimos cinco años en Colombia han fallecido 1744 personas por cáncer de pulmón, producto de la exposición al asbesto. (Foto: Suministrada)

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Según datos del Instituto Nacional de Cancerología, en los últimos cinco años en Colombia han fallecido 1744 personas por cáncer de pulmón, producto de la exposición al asbesto. (Foto: Suministrada)

Esta es una de las disposiciones del proyecto que celebran, sobre todo, personas afectadas por el asbesto como Jhony Silva, quien lidia junto a su esposa contra una asbestosis pulmonar. Silva trabajó como soldador, durante 11 años, en una empresa ubicada en Zarzal (Valle) y, según su esposa Xiomara García, adquirió la enfermedad por las varillas de soldar y los discos de las pulidoras “que son hechos en asbesto comprimido”.

“Su pulmón ha ido colapsando lentamente, se agita mucho, le coge mucho dolor, le da mucha tos, los cambios de clima le hacen daño, no duerme bien, cualquier olor fuerte lo perjudica, y está diagnosticado por el neumólogo con una asbestosis, que es uno de los inicios de un mesotelioma, o sea un tumor en el pulmón”, contó García.

La señora añadió que la aprobación de la Ley es “una alegría inmensa y un parte de alivio porque el aire será más puro, no van a tener que sufrir lo que han padecido las personas a causa de este mineral, que son consecuencias nefastas, el dolor es crónico y es una enfermedad que no tiene cura”.

A su vez, la senadora Nadie Blel, una de las autoras principales del proyecto de ley, que fue aprobado en plenaria de la Cámara de Representantes este martes, indicó que la iniciativa pasará a conciliación para luego ir a sanción presidencial.

La congresista señaló que, según datos del Instituto Nacional de Cancerología, en los últimos cinco años en Colombia han fallecido 1744 personas por cáncer de pulmón, producto de la exposición al asbesto, y se registran más de 260 casos de mesotelioma.

“Con esto se demostró que aquí debe primar la vida, por encima de cualquier interés”, afirmó Blel.

De acuerdo con el proyecto aprobado, se contará con una política pública para sustitución de asbesto instalado, que contará con un periodo de cinco años a partir de la promulgación de la ley.

“El asbesto está en las tejas, en las tuberías, en los tanques de agua, en las pastillas para los frenos, en productos de uso cotidiano... un mensaje importante para la ciudadanía es que las personas no manipulen las tejas, no las taladren, no las partan, no las destruyan, porque el gran problema del asbesto es cuando sus fibras se liberan en el ambiente, al ser muy pequeñitas, ingresan a los pulmones y, después de 10 o 20 años, la persona desarrolla estas enfermedades que lastimosamente no tienen cura”, añadió la senadora Blel.

Daniel Pineda González, presidente de la Fundación Ana Cecilia Niño y líder del movimiento ‘Colombia sin asbesto’, es otra de las personas que celebra la aprobación del proyecto de ley. Para Pineda, “la ley es un sueño que se vuelve realidad y se materializa a través del trabajo y el esfuerzo de muchas personas que tomaron esta idea”.

“El llamado es a las empresas para que dejen de utilizar el asbesto como como insumo principal, y también que tengan en cuenta la opinión de las personas”, agregó Pineda.

Preocupación por empleo

Tras conocerse la aprobación del proyecto de ley, la Asociación Colombiana de Fibras, Asocolfibras, emitió un comunicado indicando que es prioridad el cumplimiento estricto de las leyes y el marco normativo aplicable y, en consecuencia, acatará en su integridad lo aprobado por el Congreso de la República, una vez entre en vigencia.

“Ascolfibras enfatiza que en la actualidad no se produce en Colombia ningún producto con asbesto para el sector de la construcción. Esta sustitución, que se inició varios años atrás, fue hecha de manera voluntaria por las empresas respondiendo a tendencias del mercado y a necesidades de los consumidores, lo cual implicó importantes inversiones para adecuar sus procesos de producción con tecnología de punta y un gran esfuerzo para preservar los empleos generados”, indicó el comunicado.

Por su parte, trabajadores de esta industria temen que la nueva ley genera un impacto negativo en este mercado. Así lo manifestó Carlos Barona, miembro de la Junta Nacional del Sindicato Único de Trabajadores de la Industria de Materiales para la Construcción, Sutimac, quién indicó que próximamente emitirán un comunicado manifestando su preocupación por el tema.

“En este proyecto no se tuvo en cuenta a los trabajadores y están atacando a una marca en especial, atacan a Eternit, eso va a generar un pánico en la gente que compra el producto y va a llevar al cierre de las empresas, lo cual va a significar despido de los trabajadores, somos 500 y sin contar los indirectos, que son más de 1000”, dijo Barona.

Asimismo, el líder sindical destacó que actualmente cuentan con tres plantas en el país “y no tenemos ningún reporte de trabajadores que estén enfermos por haber trabajado el crisotilo (materia prima del asbesto)”.

Por su parte, la senadora Blel señaló que la medida incluye un plan de adaptación laboral, que beneficiará a los trabajadores de esta industria, “sobre todo a los de la mina de Campamento (Antioquia), que es la única mina a cielo abierto en nuestro país donde hoy en día se explota el asbesto”.

ABC de la prohibición

¿Cuál es el objetivo de la Ley?

Preservar la vida, la salud y el ambiente de los trabajadores y todos los habitantes del país frente a los riesgos que representa la exposición al asbesto para la salud.

¿Qué se prohíbe?

A partir del 1º de enero de 2021 se prohíbe explotar, producir, comercializar, importar, distribuir o exportar cualquier variedad de asbesto y de los productos con él elaborados en el país.

¿Qué pasará con el asbesto instalado?

El Gobierno Nacional contará con cinco años a partir de la promulgación de la presente Ley, para formular una política pública de sustitución del asbesto instalado. También, deberá establecer medidas regulatorias que permitan cumplir la norma y reducir, hasta su eliminación de manera segura y sostenible, el uso del asbesto en las diferentes actividades industriales del país.

¿Qué ordena con respecto a los trabajadores?

Se establecerán las medidas para garantizar la identificación y la reconversión productiva de los trabajadores expuestos y relacionados con la cadena de extracción, procesamiento, almacenamiento, distribución y comercialización del asbesto, así como las medidas de identificación y monitoreo sobre la salud de estos trabajadores por un periodo de 20 años. Asimismo, se indica que no se puede generar el despido de ninguna persona, en razón de la sustitución del asbesto.

¿Qué pasará con los títulos para la explotación de asbesto?

A partir de la expedición de esta ley, no podrán otorgarse concesiones, licencias o permisos, ni prórrogas, para la explotación y exploración del asbesto.

¿Qué contempla el plan de adaptación laboral y reconversión productiva?

Que se debe garantizar a los trabajadores de las minas e industria del asbesto la continuidad del derecho al trabajo y el seguimiento a sus condiciones de salud por medio de programas de formación, capacitación y fortalecimiento empresarial en actividades diferentes a la minería de asbesto.

¿Qué sanciones se impondrá a quienes no cumplan la Ley?

Se le impondrá una sanción económica que oscilará entre los 100 y los 5000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin perjuicio de las acciones penales y disciplinarias que hubiere lugar. Esta multa oscila entre $82 millones y $4000 millones.

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