
La comercialización del tabaco sí estará permitida pero no al menudeo.
Reiteró que a partir del 21 de julio entrarán en vigencia las últimas disposiciones de la Ley 1335 de 2009, también llamada Ley del Tabaco, en la que prohíbe la venta de cigarrillos por unidad y la promoción de los mismos en medios de comunicación.
Parra Delgado sostuvo que pese a que los comerciantes podrían ver disminuidas las ventas en un 45%, la salud de los colombianos es lo más importante.
Según los datos de Fenalco, la rentabilidad de la venta de cigarros premium individuales en Colombia es del 200 por ciento, mientras que los regulares es del 100 por ciento y en ambos casos se verían reducidos al 20 por ciento.
Las cajetillas que hasta ahora dejaban ganancias entre 2 mil y 4 mil pesos por venta al menudeo, desde el 21 de julio sólo producirán 400 pesos.
"Tenemos claro que el comercios, las grandes superficies y las tiendas, acataremos la medida por que las sanciones para quienes incumplan la norma van desde uno hasta 100 salarios mínimos con multas sucesivas para diferentes aspectos, como la falta de avisos que aclaren la no venta de cigarrillos a menores de edad" aclaró el dirigente gremial.
Adicionalmente manifestó que las sanciones a los infractores serán definidas por las alcaldías, las secretarias de salud y la Superintendencia de Industria y Comercio, dependiendo de la falta.
El Director de Fenaltiendas de Fenalco, Juan Ernesto Parra, manifestó que en el 2005, se vendieron 24 mil millones de cigarrillos por unidades al año en Colombia y en el 2010 fueron 18 mil millones.