
Para Andrés Cárdenas, arquitecto, exigir a los volqueteros del municipio de Socorro la factura con IVA de los materiales de arrastre para la construcción es una medida que perjudica toda la cadena productiva del gremio. Se entiende como materiales de arrastre el rajón, el triturado, la piedra bola, la arena y la gravilla, entre otros.
Señala el arquitecto Andrés Cárdenas que últimamente a los volqueteros que se desplazan por carretera con destino a otros municipios para transportar estos productos los detienen algunos agentes de la Policía de Tránsito para solicitarles la factura con IVA de materiales como el triturado o la arena.
Al respecto el Secretario de Tránsito del Socorro, Alfonso Guaiteros Porras, dijo que en general se debe tener en cuenta que todo material de construcción que tenga un proceso industrial debe pagar IVA.
Por su parte, Nubia Suárez, Contadora Pública, quien tiene experiencia en el sector de la construcción indicó que, según la DIAN, en su Estatuto Tributario, los productos que están exentos de IVA son: los ladrillos y bloques hechos en calcinato, la arcilla con base de cemento y los bloques de arcilla o ladrillo.
Sin embargo, Cárdenas aclaró que en el caso de los ladrillos los que son de chircales a la vista sí tienen IVA, pero los ladrillos, tejas, bloque H-10 y tabletas de piso están exentos, razón por la cual es importante que haya claridad al respecto.
Diferenciación del IVA
Excluido: es todo producto que no tiene IVA
Exento: es aquel que maneja tarifa del IVA de: $0
Gravado: Aplica el IVA del 16% tarifa general, de 20% para servicios públicos cuando superan un monto de impulsos, y del 35% para los productos importados