Dos importantes resultados con respecto al Proyecto de Modernización de la Refinería de Barrancabermeja se dieron a conocer este jueves, luego de que la Corporación Autónoma de Santander, CAS, resolvió los permisos de aprovechamiento forestal a Ecopetrol.

Publicado por: Jean J. García M.
En lo económico se da ‘luz verde’ a la Empresa Colombiana de Petróleos para que haga uso de los recursos naturales y avance en su marcha por la transformación de crudos pesados; mientras que en el aspecto ecológico, Ecopetrol se comprometería en su Plan de Compensación ambiental a recuperar y reforestar la ciénaga San Silvestre, principal fuente hídrica del acueducto de Barrancabermeja.
“En este momento la resolución ya queda ejecutoriada, Ecopetrol puede proseguir con su aprovechamiento y con el Plan de Modernización de la Refinería de Barrancabermeja y en 60 días se debe establecer el sitio a reforestar”, dijo el subdirector de Gestión Ambiental de la CAS, Querubín Rivera Castañeda.
Según Rivera Castañeda, en el acuerdo se establece una compensación igual al área afectada por el aprovechamiento forestal, así como por cada árbol talado Ecopetrol deberá sembrar tres; ello, significaría que la petrolera ya no deberá sembrar 560.000 árboles como lo decía la norma, sino ahora serán solo 5.000.
En los próximos 60 días Ecopetrol y la CAS deberán concertar el área en el que se realizaría la compensación forestal que, para el subdirector de Gestión de la CAS, sería la ciénaga San Silvestre, en el entendido de que se debe garantizar a futuro el cuerpo hídrico indispensable para el suministro del agua potable de los barranqueños.
La norma
Cabe acotar que Ecopetrol interpuso el recurso de reposición ante la CAS con base en seis permisos forestales debido a que dicha medida compensatoria le resultaban más costosa a la petrolera.
Por ejemplo, de 3.400 árboles a talar, Ecopetrol debía compensar 910.000 (210 por cada árbol intervenido), lo que incrementaba el presupuesto inicial de US$10,3 millones para la compensación forestal a US$61,6 millones (US$51,3 millones más).
Reajuste de la compensación forestal
Según se señala en el Parágrafo Segundo del artículo 12 del Decreto 1791 de 1996, que establece el régimen de aprovechamiento forestal: “cuando por razones de utilidad pública se requiera sustraer bosque ubicado en terrenos de dominio público para realizar aprovechamientos forestales únicos, el área afectada deberá ser compensada, como mínimo, por otra de igual cobertura y extensión”.
Sin embargo, “en la visita técnica los profesionales determinaron que en el área donde va a ser ocupada por la Modernización de la Refinería está totalmente intervenida y ya no es un bosque natural sino un área con árboles aislados y pastizales”. Por lo tanto,“se hizo el reajuste respectivo”, explicó el Subdirector de Gestión Ambiental de la CAS.














