Bucaramanga
Sábado 01 de septiembre de 2012 - 12:00 AM

Advertencia de desacato al Consejo Superior de la UIS

En un oficio recibido ayer a las 4:52 p.m., el Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Conocimiento advirtió al Consejo Superior de la UIS la posibilidad de sancionarlos por no haber cumplido aún con el fallo de tutela que les ordena designar y posesionar a Gilberto Carrillo como rector.

Advertencia de desacato al Consejo Superior de la UIS (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Advertencia de desacato al Consejo Superior de la UIS (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: ÉRIKA JULIANA MARTÍNEZ

itó que expliquen los motivos por los cuales no han acatado la sentencia, en un plazo de dos días (es decir, hasta el próximo lunes en horas de la tarde).

“Se les requiere para que de inmediato, en un plazo máximo e improrrogable de dos días, informen a este Despacho si a la fecha se ha dado cumplimiento a las disposiciones anteriores, aportando prueba documental; en caso contrario informar sobre los motivos de su inobservancia”, señala el documento conocido por Vanguardia Liberal.

El Juzgado Séptimo Penal del Circuito de Conocimiento reitera el contenido del “artículo 27 del Decreto 2591 de 1991 sobre el cumplimiento del fallo y la posibilidad de sancionar al Consejo Superior por desacato, sin perjuicio de la responsabilidad penal, si persiste con el referido incumplimiento”.

Cabe destacar que el fallo de tutela al cual hace referencia el tribunal es el que se encuentra a nombre de Gilberto Carrillo, profesor de la UIS y candidato a la rectoría, y en el cual se ordena designarlo y posesionarlo como rector de la universidad para el período 2012-2015 en un término de 48 horas, en cumplimiento a la votación que se hizo en el Consejo Superior el pasado 22 de mayo y en la que Gilberto Carrillo obtuvo el mayor número de votos.

La tutela es de inmediato cumplimiento
De acuerdo con varios juristas consultados por esta Redacción y que prefirieron que se guarde reserva de sus nombres, los miembros del Consejo Superior de la UIS están en la obligación de dar cumplimiento al fallo de la tutela teniendo en cuenta que esta “es de inmediato cumplimiento por cuanto su objeto es la protección de un derecho fundamental… no se debe condicionar el cumplimiento de un fallo hasta que se resuelva un recurso de segunda instancia”.

Los expertos aseguraron que al no acatar la orden, los miembros del Consejo Superior podrían recibir consecuencias correccionales por estar incurriendo en delitos como prevaricato por omisión y fraude a resolución judicial.

Al respecto, uno de los abogados sugirió al máximo órgano de dirección de la UIS que procedan a designar y posesionar a Gilberto Carrillo tal y como lo dictamina la tutela: “deberían cumplir dejando constancia en el acta de nombramiento que lo hacen en virtud de lo ordenado en la acción de tutela y advirtiendo que lo hacen aún desconociendo el fallo en segunda instancia”.

“En caso de que la segunda instancia le dé la razón al Consejo Superior, pueden revocar el acto administrativo de nombramiento pues éste quedaría sin piso jurídico”, concluyó el jurista.

Publicado por: ÉRIKA JULIANA MARTÍNEZ

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