Bucaramanga
Martes 15 de enero de 2013 - 11:58 AM

Esto es lo que debe saber antes de contratar transporte escolar para su hijo

Requisitos como tener la autorización del municipio y que el conductor porte un permiso especial, pertenecen a la lista de requerimientos que usted debe tener en cuenta a la hora de conseguir transporte para su hijo. Vanguardia.com le recuerda estos requisitos.

Esto es lo que debe saber antes de contratar transporte escolar para su hijo (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Esto es lo que debe saber antes de contratar transporte escolar para su hijo (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: JULIÁN AMOROCHO BECERRA

A través del decreto 3694 de 2009 del Ministerio de Transporte se regula el transporte escolar en el país y en al ámbito local es vigilado por la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, razones por las que la Secretaría de Educación del municipio asegura no ejercer controles en el tema.

La principal regla es que los vehículos, sean automóviles, microbuses,  camperos, camionetas, busetas o buses, no deben superar los 10 años de funcionamiento, deben operar en una empresa legal y estar acreditados y autorizados por el Ministerio de Transporte.

Los automotores que estén autorizados podrán operar exclusivamente en el municipio donde se haya tramitado el permiso y se deberá contar con una póliza de responsabilidad civil que cubra los siguientes riesgos: muerte, incapacidad permanente, incapacidad temporal, gastos médicos totales y daños a bienes de terceros.

No obstante, los conductores de vehículos destinados a este fin que no cumplen con las reglas consignadas en dicha norma, se exponen a castigos que van desde sanciones económicas hasta la inmovilización del vehículo.

Estos son algunos de los requisitos que los vehículos de transporte escolar deben cumplir:

1. El conductor del vehículo debe portar el permiso expedido por la autoridad competente.

2. No se admiten pasajeros de pie.

3. Cada pasajero debe ocupar un puesto.

4. El número de pasajeros no puede superar la capacidad establecida en la licencia de tránsito

5. Los estudiantes deben ir acompañados de un adulto durante todo el recorrido.

6. El conductor debe tener un medio de comunicación con los padres y el plantel educativo.

7. La parte posterior de la carrocería del vehículo debe pintarse de franjas alternas en colores amarillo y negro, y en la parte delantera, debe existir un letrero visible con la palabra ‘Escolar’.

9. Los vehículos de transporte escolar no pueden transitar a más de 40 kilómetros por hora.

10. No se puede transportar simultáneamente pasajeros escolares y carga.

11. Se debe habilitar un puesto especial para estudiantes en situación de discapacidad

 

Asimismo, deben tener los siguientes documentos en regla:

1. Copia del permiso de transporte escolar vigente.

3. Copia del contrato de prestación del servicio celebrado entre la empresa y los padres de familia, el colegio o el grupo específico de usuarios.

4. Licencia de tránsito del automotor.

5. Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, Soat y certificado de revisión técnico-mecánica y de gases vigentes.

6. Certificación del sistema de comunicación entre quien contrata el servicio y el conductor del vehículo.

7. Copia de las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual vigentes, exigidas en el presente decreto.

 

Al respecto, el director de Tránsito y Transporte de Bucaramanga, Rafael Horacio Núñez, aseguró que este reglamento es vigilado por su dependencia y los oficiales a su disposición estarán atentos al cumplimiento de la norma en estas semanas de inicio de clases.

Núñez recordó que estos vehículos están exonerados del Pico y Placa.

Por su parte, la secretaria de Educación de Bucaramanga, Claudia Yaneth Hernández, sostuvo que su dependencia no tiene una regulación específica sobre el tema, ya que es un asunto que depende de cada institución escolar.

Publicado por: JULIÁN AMOROCHO BECERRA

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