Comunera
Sábado 06 de agosto de 2011 - 12:00 AM

Reglamentan el servicio de domicilios en motocicleta

Como autoridad de tránsito, el alcalde de Socorro Humberto Chinchilla Mora, expidió un decreto, con el cual busca regular y reglamentar el servicio de domicilio en motocicleta en la capital Comunera.

Publicado por: Nancy Gómez Cala

Según el mandatario, luego de que los agentes operativos de la Secretaría de Tránsito y Transportes constataron que hay empresas de servicio de domicilio que ejercen la actividad de transporte de personas, la cual fue declarada ilegal por parte de la Superintendencia General de Puertos y Transporte, así como del Ministerio de Transporte, consideró necesario intervenir “para que la actividad comercial se ajuste a las reglas de una sana competencia”. 

Tras varias reuniones, la última de ellas realizada el 5 de julio, entre los integrantes de empresas de servicios domiciliarios, el alcalde, la secretaria General, el comandante de Policía de la Estación local, el secretario y la Policía de Tránsito, finalmente se acordó una serie de compromisos, en que se basa el referido decreto para los socorranos.

Apartes del contenido de la normatividad

Se habilitará para operar a quienes adelanten los trámites de legalización para la prestación de los servicios de domicilios en motos, con los siguientes requisitos:- Certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio- Registro único tributario, RUT de la empresa- Documentos legales de cada motocicleta (licencia de tránsito, Soat, revisión técnico mecánica)- Presentar cédula de ciudadanía, licencia de conducción y certificado judicial del conductor  (los conductores que presten el servicio deben ser propietarios del vehículo)- Los establecimientos de comercio de la empresa deben estar fuera del perímetro comprendido entre la carrera 17 y 14 y las calles 10 y 15. - El permiso de uso estará supeditado con el color, logotipo y número interno de la empresa, por medio de calcomanías o en pintura, sin forros. (Estas motocicletas no podrán llevar parrillero mientras estén laborando)- La empresa elaborará su propio reglamento para su funcionamiento interno, que deberá registrarse en la Secretaría de Tránsito Municipal.

Para los conductores

Uno de los artículos del decreto señala que los conductores de estas empresas tendrán que portar chaleco reflectivo, identificado con el color institucional de la empresa, los números y letras de la placa del velocípedo, portar casco abrochado e igualmente identificado, los documentos de ley y el carné de la empresa en el cual se identifique el conductor y el número interno que le asignaron.En igual medida cada empresa deberá llevar una planilla con el nombre del conductor de cada moto, la marca de ésta, el cilindraje, así como la placa, número interno del conductor y la planilla de turnos, entrada y salida de las motocicletas.  

Publicado por: Nancy Gómez Cala

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