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area metropolitana/bucaramanga
Jueves 28 de enero de 2021 - 12:00 PM

Tarifas para permisos de pico y placa subieron hasta el 154%

La Directora de Tránsito de Bucaramanga aseguró que las bajas tarifas que se pagaban para circular en los días de restricción también fue un motivo para que se incrementara la salida de carros y motos por las vías de la ciudad, alterando así el objetivo del pico y placa.

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En 2020, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió 100 permisos de circulación restringida. (Foto:  Marco Valencia / VANGUARDIA)
En 2020, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió 100 permisos de circulación restringida. (Foto: Marco Valencia / VANGUARDIA)

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En 2020, la Dirección de Tránsito de Bucaramanga expidió 100 permisos de circulación restringida. (Foto: Marco Valencia / VANGUARDIA)

Los problemas de movilidad en la ciudad relacionados con el transporte informal y la alta accidentalidad, así como los índices de calidad del aire y el bajo porcentaje de vehículos matriculados en la entidad, fueron las razones de peso para que la Dirección de Tránsito de Bucaramanga ajustara las tarifas del permiso de circulación restringida.

Andrea Juliana Méndez, directora de la entidad, confirmó que, para este 2021, las motocicletas pasaron de pagar $11.800 a $30.000 por mes, mientras que en los vehículos se pasó de $52.900 a $69.000 por mes.

Para muchos comerciantes que hacen uso de este permiso, el alza es “escandoloso”; sin embargo, la funcionaria manifestó que “es un valor muy por debajo de lo que se estipula en otras ciudades y de lo que estipula el Ministerio de Transporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial. Si se mira el valor por día, este no excede ni siquiera el de una tarifa mínima en taxi ni de bus, que son los medios de transporte que posiblemente usarían si tuvieran que movilizarse el día de pico y placa “.

De acuerdo con la resolución 006 de 2021, expedida por la DTB, quienes pueden hacer uso de este permiso son los vehículos destinados al mantenimiento de redes de servicios públicos esenciales, de transporte de valores, de centros de enseñanza automovilística, de protección y seguridad, de prueba de las concesionarias, con blindaje igual o superior a nivel tres, de asistencia técnica, de propiedad de empresas de vigilancia, y los conducidos por mensajeros, mercaderistas, preventistas, impulsadores y promotores.

Asimismo, los de las empresas procesadoras de alimentos o de reparto y los utilizados en la cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, transporte, comercialización y distribución de productos de limpieza, desinfección y aseo personal.

Para la solicitud de este permiso se debe presentar un oficio con los datos del automotor y del conductor o conductores. Adicionalmente, adjuntar certificado de Cámara de Comercio vigente, soporte de pago de seguridad social de los interesados, Rut no superior a un año, cédula del representante legal de la empresa y SOAT vigente, licencia de conducción de quienes conducirán el vehículo en días de pico y placa, revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, licencia de transito y certificado donde se indique si el Plan Estratégico de Seguridad Vial está radicado o aprobado, o si la empresa se encuentra exenta de la presentación de dichos planes.

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Publicado por Ingrid Paola Albis Pérez

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