Desde que comenzó a regir la restricción nocturna de motocicletas, las autoridades de tránsito han multado a 70 infractores aproximadamente. La norma cobró vigencia el 21 de noviembre del presente año, después de un proceso de socialización.

Publicado por: LILIANA CARVAJAL PINEDA
De acuerdo a la información suministrada por el teniente José Luis Mora, comandante de Tránsito de Girón, la disposición municipal ha sido acogida por los ciudadanos, teniendo en cuenta que no se han presentado problemas y los conductores están evitando movilizarse en el horario comprendido entre las 11:00 de la anoche y las 4:00 de la mañana, de lunes a viernes.
Según el uniformado, en lo que va corrido del mes se ha disminuido el índice de accidentalidad en 40 por ciento.
Por omitir la norma, los infractores deben pagar una multa de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, unos 283.350 pesos y se les inmoviliza de inmediato el vehículo. A esta cifra se le suma el costo de la grúa y de parqueadero.
Cabe recordar la medida se implementó, mediante el decreto 176 del 7 de noviembre de 2012, el cual prohíbe la restricción nocturna de motocicletas, motocarros, mototriciclos y cuatrimotos. Con esta norma, además se busca erradicar las carreras clandestinas que se organizan en el anillo vial.
Aproximadamente 12 policías ejercen los controles nocturnos en Girón.
La Secretaría de Tránsito la Policía son las encargadas de realizar el control y la vigilancia del cumplimiento de este decreto.
La norma se exceptúa en algunas instituciones y actividades.
El representante de tránsito recordó a las personas que requieren permisos especiales que deben tramitarlo en la Secretaría de Tránsito y soportar con documentos. Esta dependencia será la encargada dar la aprobación, teniendo en cuenta las excepciones que fueron consagradas en esta norma.
La medida también advierte que los conductores de servicios privados como mensajería, seguridad privada entrega domicilio y similares que no podrán transitar en este horario con los llamados ‘parrilleros’.
Algunas excepciones
- Policía nacional.
- Servicios hospitalarios urgencia.
- Servicios de prensa y medios de comunicación debidamente identificados.
- Servicios de escolta debidamente acreditados.
- Seguridad privada.
- Servicios públicos domiciliarios.
- Servicios de entrega de domicilios debidamente registrados.
- Restaurantes, droguerías, servicios mensajería, debidamente acreditados y con el distintivo de cada empresa.














