Un fallo de tutela que le permite a un hombre sindicado de abuso sexual contra una menor de catorce años, y asegurado por ese delito, le permitiría a éste acceder a beneficios como reducción de penas por trabajo y estudio, a pesar de que esto no es permitido por la ley.

Publicado por: COLPRENSA
La juez penal 55 de descongestión de Bogotá le ordenó al Inpec permitir que el sindicado pueda ingresar a los programas de reducción de penas de la forma en que lo haría cualquier condenado. Esto a pesar de que la Ley de Infancia y Adolescencia no permite que los condenados por delitos contra menores de edad gocen de estos beneficios.
El acusado fue capturado en mayo de 2011 tras la denuncia de haber violado a una niña, luego de llevarla a un motel de la ciudad. De ser considerado culpable, podría enfrentarse a una pena mínima de 15 años de cárcel. Gracias a la tutela, podría reducir su condena a través de sus labores o estudios al interior del centro penitenciario.
El abogado que representa al acusado, Augusto Ocampo, afirma que la tutela se otorgó en protección a los derechos fundamentales del asegurado quien según él, "tiene los mismos derechos que un condenado por cualquier otro delito".
Esta tutela, será sometida a revisión de la Corte Constitucional, la que deberá decidir en últimas, si la Ley de Infancia y Adolescencia viola los derechos de de igualdad de los procesados por este tipo de delitos, al negarles beneficios a los que incluso responsables de homicidio tienen derecho.
El año pasado, ya se había presentado una demanda contra la ley ante la Corte Constitucional pero el Alto Tribunal la rechazó porque no estaba bien formulada.













