El juez tercero de conocimiento de Bogotá decidió mantener la medida de aseguramiento contra el excomisionado de paz, Luis Carlos Restrepo, en el proceso que se le adelanta por su presunta participación en la falsa desmovilización de la compañía guerrillera ‘Cacica La Gaitana’ de las Farc.

Publicado por: COLPRENSA
El administrador de justicia señaló que Restrepo conocía todo lo relacionado con los hechos que contribuyeron al detrimento patrimonial del Estado en más mil millones de pesos y nunca fue engañado. Además, indicó que se le debe sumar que no ha comparecido al proceso.
“El excomisionado conocía todo lo relativo a la falsa desmovilización y nunca verificó los hechos, aún cuando tenía el soporte de inteligencia militar para hacerlo (…) solo se revocará la medida por el delito de peculado por apropiación, por considerar que no hay inferencia razonable a su participación en lo referente a la autoría.
Este despacho en lo que tiene que ver con los otros delitos confirmará la decisión del juez 62 penal de garantías de Bogotá”, puntualizó la decisión.
“La funciones de Restrepo se enmarcaban en verificar la voluntad de paz de los grupos armados al margen de la ley (…) Una actividad como la de una desmovilización colectiva fraguada, como la de ‘Cacica la Gaitana’ no podía realizarse sin que el excomisionado tuviera conocimiento de la misma y finalmente la impulsara (…) no hay lugar a duda que Restrepo participó de los conductas que se le señalan”, indicó el juez.
Respecto a la salida del país del exfuncionario del gobierno de Álvaro Uribe, el juez señaló que es deber de todo ciudadano acudir a la audiencia de imputación cuando sea requerido, situación que impulsa aún más la medida.
“Restrepo salió del país con rumbo a Nueva York el 8 de enero del 2012. Si bien es cierto como dice la defensora (Mildred Hartmann) que no es obligación asistir a las audiencias sean de garantías o de conocimiento, también es un deber. Tanto así que cuando no se acude a la audiencia de imputación se declara la contumacia. Estas dos situaciones: la salida del país y la declaratoria de contumacia, aunado a no asistir a las audiencia y a que los delitos son bastante graves nos está indicando que nos encontramos ante los requisitos contemplados para dictar la medida de aseguramiento”, indicó.













