Colombia
Miércoles 12 de diciembre de 2012 - 09:23 AM

Abecé de la aprobada reforma al fuero militar

El Senado aprobó el pasado martes la reforma al fuero militar en el que se da vía libre para que la justicia ordinaria y no la militar se haga cargo de delitos como genocidio, desaparición, violencia sexual, ejecución extrajudicial, tortura y desplazamiento, pero deja fuera las demás infracciones al Derecho Internacional Humanitario.

Abecé de la aprobada reforma al fuero militar (Foto: Tomada de Internet/ VANGUARDIA LIBERAL)
Abecé de la aprobada reforma al fuero militar (Foto: Tomada de Internet/ VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: EFE

Tras discusiones de más de siete horas, ocho debates en las dos Cámaras del Congreso y cuatro audiencias públicas , la reforma recibió 54 votos a favor y 5 en contra, tras lo cual el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, indicó que esa decisión es una clara muestra del respaldo del Congreso a las fuerzas de seguridad del Estado, al reiterar que este proyecto no busca la "impunidad". 

El entusiasmo del Gobierno y de la gran mayoría de senadores contrasta, sin embargo, con las críticas de organizaciones internacionales defensoras de los derechos humanos, como Human Rights Watch y la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).  Esas organizaciones consideran que el proyecto abre las puertas a la impunidad de lo correspondiente a delitos como los llamados "falsos positivos", que podrían quedar en manos de la justicia militar por tratarse de delitos cometidos durante el servicio.

Contexto

Lo que hay que entender sobre la Reforma al Fuero MilitarLo que hay que entender sobre la Reforma al Fuero Militar

1. Tribunal de Garantías: se creará un tribunal cuya tarea es vigilar y asesorar a los uniformados que se vean involucrados en delitos durante el servicio y que sean procesados. Este tribunal estará integrado por ocho magistrados, de los que cuatro serían miembros de la fuerza pública en retiro y el resto hombres de leyes, elegidos por el presidente del país a partir de una terna. Además, una oficina técnica, adscrita al Ministerio de Defensa, pondrá abogados a disposición de esos militares.  

2. Función de la Fiscalía: según lo aprobado, la Fiscalía General de la Nación, como ente investigador y acusador, contará, en coordinación con la Justicia Penal Militar, con un año para identificar todos los procesos que se adelantan contra los miembros de la Fuerza Pública. 

3. Justicia Penal Militar: a partir de ese momento, trasladará a la Justicia Penal Militar aquellos en los que no se cumplan los supuestos para la competencia de la jurisdicción ordinaria, que son los delitos citados, todos ellos considerados de lesa humanidad.  

4. Comisión de delitos: también se incluye la creación de una comisión encargada de viajar al lugar donde se haya cometido un delito con el fin de recabar pruebas y determinar a qué instancia se dirigirá el caso. Se trata de dirimir conflictos de competencia entre la justicia ordinaria y la penal militar.

5. Lugar de reclusión: de acuerdo al nuevo fuero militar, los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado encarcelados o condenados no podrán estar en el mismo lugar que los delincuentes o civiles sentenciados, para lo que se habilitarán penales o establecimientos exclusivos para su reclusión.

Publicado por: EFE

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