Colombia
Sábado 27 de abril de 2013 - 12:00 AM

“Notarios no pueden alegar objeción de conciencia en las uniones gay”

Ningún notario del país podrá alegar objeción de conciencia frente a las uniones de parejas del mismo sexo, so pena de ser sancionados.

Jorge Enrique Vélez, Superintendente de Notariado y Registro. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Jorge Enrique Vélez, Superintendente de Notariado y Registro. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: COLPRENSA

Así lo advierte el superintendente de Notariado y Registro, Jorge Enrique Vélez, quien en diálogo con Colprensa afirmó que ya la entidad está trabajando en un contrato que permita solemnizar dichas uniones, pero aclara que no se podrán considerar como matrimonio.

Luego de que se hundiera en el Congreso de la República el proyecto de ley que quería permitir el matrimonio entre contrayentes del mismo sexo, muchas son las dudas y los inconformismos. Por esto, Colprensa dialogó con Vélez, quien se prepara para que desde el próximo 20 de junio las notarías de todo el país puedan darles respuesta a las parejas gay que acudan para “casarse”.

Preguntas y Respuestas
Después de lo sucedido en el Congreso, ¿cuál es el paso a seguir?
Lo único que podemos hacer es cumplir la sentencia de la Corte Constitucional, en el sentido de que después del 20 de junio, si no hay legislación, los jueces y los notarios serán quienes celebren vínculos contractuales solemnes.

Pero este no es un matrimonio como tal, ¿cómo entender esta nueva figura?
No es matrimonio, esto es algo completamente diferente. El matrimonio está definido por la ley y por la Constitución y el único que lo puede cambiar es el Congreso de la República. Entre tanto, el vínculo contractual solemne es eso, un documento, un acuerdo de voluntades en el que dos personas van a suscribir un contrato, donde el notario es sólo un testigo. Esto lo pueden hacer hombres y mujeres entre sí, o uno de cada sexo, como quieran.

Pero de tiempo atrás ya las parejas del mismo sexo podían solemnizar sus uniones, podían heredar, acceder a la pensión, a la salud, ¿cuál será la diferencia desde el 20 de junio?
Anteriormente se hacían acuerdos eminentemente patrimoniales. Eso es lo que se ha venido dando.

Y el vínculo contractual solemne ¿qué va a tener?
Eso es lo que estamos definiendo. Estamos oyendo a todo el mundo, estamos analizando toda la documentación, para dar unos lineamientos para que los notarios los sigan y puedan elaborar el contrato solemne.

Entonces, ¿es una figura nueva?
Sí, fue creada por la Corte. Nosotros no le podemos cambiar el nombre, ni apellido, no lo podemos bautizar. Es un contrato innominado que se llamará vínculo contractual solemne.

¿Esta figura les da un derecho adicional a las parejas del mismo sexo?
No los da, porque los derechos ya los tienen adquiridos por ley. Se podrán incluir todos esos derechos en el contrato, pero no podemos crear ningún derecho nuevo.

¿Cuánto tiempo se van a tomar para determinar los aspectos del documento?
No tenemos afán. El 20 de junio es la fecha límite, vamos a hacer las cosas con tranquilidad. Hay que escuchar a todo el mundo, hay que mirar jurisprudencia y los antecedentes de la Corte en esa sentencia. En el Gobierno no hay pasiones, aquí vamos a tomar decisiones jurídicas. Lo cierto es que la figura tiene que estar el 20 de junio y las notarías estarán abiertas para celebrar vínculos contractuales solemnes.

¿Qué puede esperar la comunidad Lgtbi?
Que vamos a celebrar vínculos contractuales solemnes.

Algunos señalan que el país está ante una diferencia semántica, ¿es así?, porque no se ven las diferencias reales entre los términos matrimonio y vínculo contractual solemne…
Hay una diferencia muy clara y es que el matrimonio está definido en la ley como un vínculo entre un hombre y una mujer, y un contrato lo pueden realizar personas del mismo sexo. La diferencia es total.

Pero la discusión es en cuanto a derechos. Los integrantes de la comunidad Lgtbi dicen que ellos ya pueden heredar, tener acceso a servicios de salud y a la pensión y eso es lo que tiene el matrimonio. ¿Cuál es la diferencia?
Sí, ellos pueden incluir todo lo que legalmente esté permitido. Lo que pasa es que esto no puede ser considerado matrimonio.

Publicado por: COLPRENSA

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