La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que buscaba anular la elección del presidente de la República, Juan Manuel Santos, para el periodo 2014-2018.
La magistrada Lucy Jeanette Bermúdez, negó las pretensiones del ciudadano Cristóbal de Jesús Díaz Romero, quien alegaba que el presidente-candidato había incurrido en doble militancia.
Esto porque en su criterio, Santos debió haberse inscrito para la reelección por el mismo partido por el que lo hizo en su primera elección (2012-2014), es decir, el Partido de la U y no por una colación de partidos políticos.
No obstante, la Sala desestimó dichas consideraciones y dejó en firme la elección del presidente Santos y la resolución 2202 del 19 de junio de 2014 del Consejo Nacional Electoral mediante la cual se declaró su elección.