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Colombia
Jueves 12 de septiembre de 2019 - 12:00 PM

Corte aclara cuándo se puede limitar la libertad de expresión en las redes sociales

La Sala Plena de la Corte Constitucional consideró pertinente no poner restricciones a lo que un ciudadano expresa en redes sociales. La ponencia que estudiaron estuvo en manos del magistrado José Fernando Reyes.

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“No hay que judicializar todos los malos tratos en redes sociales”: Corte
“No hay que judicializar todos los malos tratos en redes sociales”: Corte

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“No hay que judicializar todos los malos tratos en redes sociales”: Corte

Por su parte, la Presidenta de la Corte, Gloria Stella Ortiz, señaló que la determinación se registró en medio de un estudio de derechos fundamentales entre particulares. Precisó que la determinación no involucra medios de comunicación.

“Esta sentencia no implica cambio de jurisprudencia. Son líneas para tener en cuenta. Establecer reglas generales en este caso es mucho más difícil. La jurisprudencia es que tiene libertad de expresión a menos que con su comentario afecte la integridad de otra persona”, señaló la presidenta.

La jurista dejó claro que no en todo caso se puede intervenir con un juez constitucional. “La magnitud se valora a raíz de la relevancia constitucional.

Por su parte, el magistrado José Fernando Reyes señaló que en tres de los cuatros casos estudiados no encontró un “significado suficiente que exija el pronunciamiento de un juez. No hay que judicializar todos los malos tratos entre los seres humanos”.

La determinación de este jueves se registró luego de revisar cuatro tutelas acumuladas.

La primera de ellas relacionada con un mensaje que una persona anónima publicó en la red Blogger, en el que escribió que los dueños y empleados de la tienda Muebles Caquetá era unos “estafadores” y ladrones.

El segundo caso ocurrió el 11 de septiembre de 2017. La tutela presentada por Sylvia Margarita Amaya en contra de Yolima Rengifo Villalba, quien, según argumenta la mujer, publicó un ‘collage’ de imágenes en las que la rotulaba como “estafadora” y en donde escribió: “Favor difundir es una estafadora profesional y se mete a los clubes a robar a la gente, si eres víctima denuncie en el proceso grupal de la Fiscalía”.

De acuerdo con la providencia, dicha publicación también fue hecha desde la página de facebook ‘Santander Volksguane’, de un club de autos del cual Rengifo Villalba es la presidenta.

Según la tutela, que hoy reposa en el despacho del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, la publicación de 2017 se republicó durante dos ocasiones más en el mismo año, por lo que Amaya Cuadros determinó presentar la acción legal.

La segunda tutela fue presentada por Obed de Jesús Cardona Alzate contra Dora Eugenia Mejía y Jorge Andrés Jiménez. Desde 2013, Cardona Alzate había sido administrador de la copropiedad San Giorgio II de la ciudad de Medellín, y en más de una ocasión solicitó los estados de cuenta, libros contables y soportes de la función de administrador.

Tras hacer caso omiso a esta solicitud, los dos demandados, según el relato de Cardona, publicaron en Facebook una foto suya con el siguiente mensaje: “Mucho cuidado con este sujeto, su nombre es Obed de Jesús Cardona Alzate, es un ladrón de Unidades Residenciales en la ciudad de Medellín, pilas busca cómplices en los consejos de administración de las Unidades Residenciales para desfalcar a los propietarios!! No lo dejen entrar a administrar su edificio!!! Mentiroso, Marrullero y Ladrón!!”.

Luego de dicha publicación, Cardona Alzate solicitó a la pareja que se retractara de lo que publicó en Facebook, pero hicieron caso omiso a tal solicitud, por lo que interpuso una acción de tutela.

Y la tercera tutela fue presentada por Rafael Manjarrés contra Rafael Guillermo Ricardo Ríos.

A juicio del tutelante, Ricardo Ríos en más de una ocasión ha usado Facebook y Youtube para catalogar a Manjarrez como “ratero, mafioso y corrupto”. En la tutela avocada por la Corte se cita el siguiente mensaje, como un ejemplo de los que motivaron a Ríos a presentarla: “Señor Manjarrés ¿a usted no le da pena que se sepa que es un ratero? (Denuncieme) ¿Cómo anda de Lomotil y Diazean?; Sayco es un antro de corrupción: ni recauda, ni distribuye como lo exige la ley y la decisión Andina”.

Tras el estudio de los tres casos, la Corte estimó necesario realizar una audiencia pública en marzo pasado en la misma, reconocidos penalistas, senadores e incluso el exfiscal Néstor Humberto Martínez, señalaron no estar de acuerdo con que los insultos o señalamientos contra demás ciudadanos que hagan uso de redes sociales.

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Publicado por Colprensa

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