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Colombia
Sábado 26 de octubre de 2019 - 12:00 PM

Estos son los puntos de la resolución sobre el aborto que refutó la iglesia

La Conferencia Episcopal realizó una serie de observaciones sobre los puntos que no se comparten en cuanto a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.

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La publicación del borrador de la resolución que busca eliminar las barreras para acceder a una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), dentro de las tres causales despenalizadas en la sentencia C-355 de 2006, generó controversia y desacuerdo entre los miembros de la Iglesia Católica.

En un comunicado dirigido al ministerio de Salud, la Conferencia Episcopal cita al artículo 11 de la Constitución Política, en la que se defiende el derecho a la vida y se prohíbe la pena de muerte. En este cita al Tratado de San José, en el que se contempla que:

“Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho está protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.

Cabe aclarar que la afirmación relacionada con el momento de la concepción fue puesto por la Conferencia Episcopal y no por el Tratado. Además, en 2018, la Corte Interamericana de Derechos Humanos “ha establecido que no es admisible otorgar la condición de persona al embrión”.

En el artículo 4 de la resolución presentada por el ministerio de Salud, se habla de derecho pro persona, dignidad humana, autodeterminación sexual, igualdad y no discriminación. La Conferencia Episcopal expresó que “El Congreso de la República es la rama del poder público en Colombia con competencia exclusiva y excluyente para establecer el contenido, alcance y limitación”.

Con respecto a los artículos 13 y 14 de la resolución, que contemplan las directrices que deben seguir las Instituciones Prestadoras de Salud para atender una IVE por los casos contemplados en la sentencia C-355 de 2006, y las prácticas indebidas que llevan a cabo algunos centros médicos para evitar realizarla, la Conferencia Episcopal recalca que son anticonstitucionales, y que el Congreso debe legislar sobre este tema.

Sin embargo, en la rueda de prensa del pasado jueves realizada por el ministerio sobre la resolución, el ministro Juan Pablo Uribe indicó que este está cumpliendo órdenes de la Corte Constitucional, ya que es una institución con mayor jerarquía y que tiene la facultad para exigir al ministerio crear resoluciones sobre un tema en particular.

Uno de los puntos que más desacuerdo ha generado ha sido el de la objeción de conciencia, ya que la resolución afirma que, si bien se garantizará este derecho y que no se sancionará a un médico por declararse objetor de conciencia, se afirma que, en caso de que solo haya un médico para practicar la IVE en el centro clínico, debe realizarlo.

Frente a este aspecto, la Conferencia Episcopal recalca que se están violando dos derechos fundamentales que son el de culto y la libertad de conciencia.

“Por tratarse de un derecho fundamental universal, el proyecto de reglamento no puede establecer limitaciones o prohibiciones para su ejercicio por personas naturales o jurídicas, aún cuando su propósito sea dar cumplimento a una decisión de la Corte Constitucional”...Por lo tanto, el proyecto ni siquiera debería mencionar que podría haber sanciones de cualquier naturaleza para quienes presuntamente incumplan sus disposiciones”, señaló la Conferencia Episcopal.

No obstante, el ministerio de Salud desmintió que haya la posibilidad de sancionar a quienes se declaren objetores de conciencia y que esta resolución solo busca brindar garantías a quienes la requieran en las causales despenalizadas, lo cual no quiere decir que exista la opción de despenalizar el aborto en cualquier caso.

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Publicado por Colprensa

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