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Colombia
Viernes 27 de enero de 2023 - 12:00 PM

Proyecto de fallo de la Corte le quitaría dientes a la Procuraduría

Magistrados de la Corte Constitucional fallarán una demanda en contra de la ley que le dio más garantías a investigados por el ente de control, pero trascendió que se le quitarían facultades. Esto es lo que pasa.

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El Colombiano / VANGUARDIA
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La Procuraduría General de la Nación lleva un año prácticamente con las manos amarradas. Desde cuando se aprobó la reforma al Código Disciplinario en 2021 —que rige a la Procuraduría—, la ley fue demandada ante la Corte Constitucional y mientras los magistrados no den su fallo —lo pueden dar de un momento a otro— cualquier decisión que tome el ministerio pública puede generar malestar o ser malinterpretada en el alto tribunal.

Según información de fuentes cercanas a la Procuraduría, allí tienen avanzadas investigaciones contra 10 alcaldes y gobernadores: Medellín, Cali, Magdalena, Cartagena, Huila, Vichada, Pereira, Manizales. En caso de que la Corte, como se ha publicado, decida quitarle a la Procuraduría la facultad de suspender e inhabilitar a funcionarios elegidos por voto popular, la entidad tendría que entregar esas investigaciones a los jueces penales. Lo preocupante es que los jueces tienen en sus escritorios todo tipo de delitos, y los casos de corrupción pueden demorarse mucho más en resolverse.

Uno de los temas más delicados que tiene la Corte Constitucional en sus manos: debe decidir el futuro de la Procuraduría, institución que desde la Constitución de 1991 ha estado encargada de investigar y advertir los actos de corrupción y los abusos de poder de los mandatarios locales e incluso de la Presidencia de la República.

La historia que nos trae hasta aquí comenzó cuando el entonces procurador Alejandro Ordóñez, en una actuación ciertamente equivocada, suspendió al entonces alcalde de Bogotá, Gustavo Petro. Si bien, en la ciudad se había creado una crisis tremenda por el cambio que Petro hizo al esquema de recolección de basuras —durante tres días los desperdicios inundaron a Bogotá—, el problema de ninguna manera daba para la suspensión. Ordóñez sacó del cubilete un argumento: falta grave de planeación, ese fue su fallo. Si con esa misma vara se midieran los alcaldes del país, tal vez tocaría suspenderlos a todos.

Petro y su equipo jurídico se movieron en Washington y lograron que la Comisión Interamericana se interesara en su caso, e hizo curso la demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en Costa Rica, la cual dictaminó que un órgano de carácter administrativo como la Procuraduría no podía suspender a un funcionario elegido por voto popular como era el alcalde de Bogotá.

Lo curioso es que Petro no regresó al poder por la queja de la Comisión, ni por lo dicho por la Corte después, si no que antes el Consejo de Estado de Colombia se encargó de restituirlo en su cargo. Es decir, eso muestra que el diseño institucional del Estado colombiano tiene instancias para corregir eventuales errores.

En julio de 2020 la Corte IDH publicó su fallo en contra de Colombia por la destitución de Petro Urrego; concluyó que la Procuraduría al imponer dichas sanciones a funcionarios democráticamente electos violó la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Así mismo, la Corte determinó que en el proceso disciplinario seguido contra de Petro se violó el principio de jurisdiccionalidad, la garantía de imparcialidad, el principio de presunción de inocencia y el derecho a la defensa.

La procuradora Margarita Cabello promovió una ley que el Congreso aprobó, con la cual se les da más garantías en el proceso a los investigados por la Procuraduría. Pero ahora esa ley fue demandada y es el fallo lo que discutirá hoy la Corte Constitucional.

Curiosamente, el proyecto de fallo pide eliminar todo lo que haya hecho el Ministerio Público desde julio de 2021 hasta el momento, todo con el argumento de que nunca debió reformar la entidad para seguir sancionando de esta manera a alcaldes o gobernadores.

El fallo prácticamente deja a la Procuraduría como un elefante blanco, sin capacidades de investigar de perseguir la corrupción, como lo ha hecho hasta hoy.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos no puede llegar al punto de desbaratar la configuración del Estado determinada en la Asamblea Constituyente de 1991. Al hacer tal cosa, tendrían facultad para debilitar el régimen de configuración estatal, y esto es aceptar que una corte externa puede deshacer la decisión soberana del pueblo.

Colombia determinó que la corrupción era muy grande y la justicia penal no era suficiente, por eso le dio a la Procuraduría las facultades para que atacara un mal que ha crecido con los años. Al Consejo de Estado le dio la facultad de pérdida de investidura, al Congreso la facultad de destitución de los funcionarios con fuero y Consejo Nacional Electoral (CNE) la posibilidad de revocar inscripciones de candidatos.

En los 30 años de historia que tiene la Procuraduría, se han sacado adelante 12.000 investigaciones y de allí se han destituido a más de 7.000 funcionarios por hechos comprobados de corrupción. Si la Corte Constitucional acepta la demanda, ¿quién se encargaría de tan grande trabajo?

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Publicado por El Colombiano

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