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Colombia
Martes 06 de febrero de 2018 - 12:00 PM

Usted tendrá que responder por la información que publique en redes sociales

Los usuarios de las redes sociales deberán responder por sus publicaciones, así como lo hacen los medios de comunicación y los periodistas. Corte Constitucional señaló que quienes cometan un delito en redes deberán asumir sus responsabilidades.

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Usted tendrá que responder por la información que publique en redes sociales (Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)
Usted tendrá que responder por la información que publique en redes sociales (Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)

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Usted tendrá que responder por la información que publique en redes sociales (Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)

Una decisión de la Corte Constitucional obliga a los usuarios de las redes sociales para que respondan por la información que publican en sus cuentas, con la misma rigurosidad que se les exige a los medios de comunicación.

Según la sentencia, “la Sala considera que el ejercicio adecuado de la libertad de información, implica que el mensaje, dato, noticia o comunicación difundido sea contrastado con las fuentes y fundamentado en hechos reales, pues de lo contrario, al presentar información sustentada en rumores, invenciones o malas intenciones, se excedería el ámbito de protección de este derecho y de paso, se atentaría contra los derechos a la honra y al buen nombre de terceros”.

¿Qué fue lo que pasó?

El fallo de la Corte Constitucional se produjo luego de una acción de tutela interpuesta por la abogada antioqueña Carmen Olfidia Torres Sánchez, quien le atribuyó al concejal de Medellín Bernardo Alejandro Guerra Hoyos, la vulneración de sus derechos fundamentales a la honra, al buen nombre y a la intimidad.

Según la abogada, Guerra Hoyos difundió en su sitio web oficial y en su cuenta personal de Twitter “información falsa relacionada con el proceso penal al cual fue sometida en Estados Unidos en 2011, y de su relación contractual con el Contralor General de Antioquia Sergio Zuluaga Peña”.

¿Qué dicen los expertos?

Luis Fernando Rueda, docente y especialista en comunicación digital de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, manifestó que el fallo busca controlar la información falsa que se publica en las redes.

“Si bien la “libertad de expresión” es un derecho fundamental, también es necesario que exista una responsabilidad sobre lo que se divulga. Si yo no tengo las pruebas, ni como soportar lo que digo, eso se llama injuria y calumnia”.

Además, Rueda explicó que la proliferación de información falsa en las redes sociales es una gran amenaza a la verdad, por lo que es necesario que se tomen medidas para disminuir la distorsión de la realidad.

No se puede calumniar de forma indirecta

Por su parte, Felipe Sánchez, director del Observatorio de Redes Sociales de la Universidad Sergio Arboleda, explicó que si alguien lesiona la honra de una persona con divulgaciones subjetivas o genéricas, en las que se usan expresiones como se rumora, al parecer o se presume, también tendrá una responsabilidad penal y no lo excluye por usar palabras que buscan generar injuria o calumnia de forma indirecta.

Sobre este punto la corte aclaró que “se desconoce el principio de veracidad cuando la información se sustenta en rumores, invenciones o malas intenciones o, cuando pese a ser cierta, se presenta de manera tal que induce a error a su receptor”, por lo que el titular de la cuenta se expone a demandas o a rectificaciones.

¿Peligra la libertad de expresión?

El abogado Felipe Sánchez es claro señalar que la única limitante que tiene la libertad de expresión es el respeto por el otro.

“Si se lesiona el buen nombre de otra persona a través de un juicio de valor que no se puede comprobar de manera científica, se deberán asumir las responsabilidades como lo dice la Corte.

De igual forma, Víctor Solano, experto en marketing digital y periodismo, señaló a Vanguardia.com que el espíritu de la sentencia es bueno en el fondo, porque busca que haya más responsabilidades sobre personas que caigan en el delito de injuria y calumnia, el cual se tipifica sin importar el medio que se utilice.

Sin embargo, explicó que “se cae en una zona gris, porque cada caso va a suscitar polémica en cuanto a dónde está esa línea que separa la libertad de expresión con el derecho a la información y como colisiona con el derecho a la intimidad y al buen nombre.

Submundo de perfiles falsos en redes

Mientras que a un medio de comunicación es más fácil endilgarle responsabilidades por sus publicaciones, en las redes sociales, la decisión de la Corte Constitucional podría multiplicar la cantidad de perfiles falsos para poder divulgar información sin hacerse responsable por la misma.

“Determinar si una persona opinó o informó, no va a ser tan fácil. Eso no lo entienden bien los afectados, ni los querellantes, ni tampoco los jueces. Hoy lamentablemente tenemos tecnologías del siglo 21 con jueces del siglo 19 para algunas cosas y ahí va a estar la dificultad”, concluyó Solano.

Entre tanto, el abogado Felipe Sánchez expresó que si bien no es posible que todas las cuentas tengan un responsable, hay formas de contrarrestar la injuria y la calumnia con el apoyo de las redes sociales como Facebook, Google y Twitter.

“Ellos pueden remover los mensajes o eliminar las cuentas de quienes emiten mensajes de odio y discriminación, así como de publicaciones que vulneran la intimidad y el buen nombre de las personas”, remató Sánchez.

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Publicado por HERNANDO SANTOS

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