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Miércoles 03 de marzo de 2021 - 12:00 PM

Decreto busca aplazar los plazos de pago de renta para micro y pequeñas empresas

pLa medida apoyaría a las micro y pequeñas empresas en su proceso de recuperación en medio de la pandemia por covid-19ppp

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Bogotá. Diciembre 18 de 2019. Avanza votación de artículos de la reforma tributaria en senado. En la foto: Alberto Carrasquilla - Ministro de Hacienda y Crédito Público. (Colprensa - Camila Díaz)
Bogotá. Diciembre 18 de 2019. Avanza votación de artículos de la reforma tributaria en senado. En la foto: Alberto Carrasquilla - Ministro de Hacienda y Crédito Público. (Colprensa - Camila Díaz)

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Bogotá. Diciembre 18 de 2019. Avanza votación de artículos de la reforma tributaria en senado. En la foto: Alberto Carrasquilla - Ministro de Hacienda y Crédito Público. (Colprensa - Camila Díaz)

A través de un proyecto de decreto el Ministerio de Hacienda dio a conocer que se busca aplazar el plazo de pago del impuesto de renta del año gravable 2020 para las micro y pequeñas empresas del sector comercio, industria y turismo.

La decisión se habría tomado con el objetivo de apoyar la recuperación de las micro y pequeñas empresas en medio de la coyuntura de la pandemia.

“Que como consecuencia de la pandemia derivada del Covid-19, aún persisten situaciones propias de la coyuntura que continúan afectando el normal desarrollo de las actividades económicas de las empresas”, dice en el borrador de decreto.

El documento reseña que las micro y pequeñas empresas de dicho sector deberán pagar la primera y segunda cuota de la declaración sobre el impuesto a la renta de acuerdo al último dígito del NIT conforme a estas fechas:

1: Hasta el 9 de junio y 9 de noviembre de 2021.

2: Hasta el 10 de junio y 10 de noviembre de 2021.

3: Hasta el 11 de junio y 11 de noviembre de 2021.

4: Hasta el 15 de junio y 12 de noviembre de 2021.

5: Hasta el 16 de junio y 16 de noviembre de 2021.

6: Hasta el 17 de junio y 17 de noviembre de 2021.

7: Hasta el 18 de junio y 18 de noviembre de 2021.

8: Hasta el 21 de junio y 19 de noviembre de 2021.

9: Hasta el 22 de junio y 22 de noviembre de 2021.

0: Hasta el 23 de junio y 23 de noviembre de 2021.

Cabe recordar que, antes de este borrador de decreto, las fechas estipuladas para el pago de la primera cuota del impuesto eran en abril, mientras que las de la segunda cuota, en junio.

El documento estará abierto al público para comentarios entre el 2 y el 17 de marzo y, después de esa fecha, el Ministerio de Hacienda hará una revisión de las propuestas y sugerencias para publicar el decreto final.

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Publicado por La República

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