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Nacional
Lunes 21 de diciembre de 2015 - 12:00 PM

La botella de agua que venció a Postobón

La Superintendencia de Industria y Comercio declaró infundada la oposición presentada por la reconocida empresa de gaseosas Postobón y otorgó el registro de la marca Agua Pureza de Vida solicitado por la señora Jenny Lorena Galeano, quien logró ganarle el pulso a una gigante colombiana.

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La botella de agua que venció a Postobón (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
La botella de agua que venció a Postobón (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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La botella de agua que venció a Postobón (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

La empresa opositora alegaba ante la Superindustria que la marca solicitada carecía de los elementos necesarios para considerarla distintiva, lo que no le permitiría estar en el mercado, pues aseguró que los elementos que componían la expresión marcaria en conjunto eran de uso común, y muchas marcas utilizan las mismas expresiones; no obstante, la SIC al hacer el estudio desvirtuó la oposición de Postobón y otorgó el registro solicitado.

El pleito marcario estaba definido desde el primer momento; pero Postobón no se dio por vencido y utilizó la segunda instancia para apelar la primera decisión y evitar el registro de la marca, y sustentó su posición en el uso de expresiones genéricas y de uso común, por lo que carece de distintividad intrínseca. La empresa se encontró con una negativa más por parte de la SIC, pues respaldó el primer fallo y concedió el registro.

Según la Superindustria Agua Pureza de Vida es una marca que cumple con todas las características necesarias para ser diferenciable dentro del mercado colombiano. Gracias a sus expresiones gráficas en conjunto con las palabras que componen el signo la bebida logra la autenticidad marcaria requerida para entrar en circulación. Para Álvaro Bonilla, director de la firma B&R Latin America, la Superindustria actúo de manera correcta a la hora de desacreditar el análisis aislado de los características que componen la marca que pretende hacer el opositor.

Y finalizó “pese a que la marca está compuesta por denominaciones comunes y evocativas, en conjunto, los elementos gráficos y textuales, sirven para darle distintividad al signo con respecto a los demás competidores”.

La decisión que tomó la entidad encargada del caso se basó en los conceptos marcarios que existen en el mercado local, pues a pesar que existen muchos signos que identifican productos clase 32 de la Clasificación Internacional de Niza, como el agua embotellada con gas y sin gas, cada uno tiene expresiones gráficas diferentes.

“Hay una aplicación juiciosa de los precedentes jurisprudenciales en materia de denominaciones evocativas y descriptivas. La marca, aunque se compone de palabras de uso común, no hace una apropiación indebida de signos de necesaria utilización para los demás agentes del mercado” aseguró Hasbleydi Calvo, gerente legal de Bonila Marcas.

El orden gramatical fue otro de los puntos a favor de la marca solicitada, pues en el mercado, aunque existen signos que utilizan las mismas palabras para identificar sus productos, no los tienen compuestos de la misma manera.

La SIC validó el signo y le otorgó una vigencia de 10 años en el mercado que se extenderá hasta septiembre de 2025.

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Publicado por COLPRENSA

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