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Jueves 22 de septiembre de 2016 - 12:00 PM

Porno venganza, un mal de la era digital

Tiziana Cantone, una italiana de 31 años, se quitó la vida después de que se publicaran en la red grabaciones que la mostraban teniendo relaciones sexuales. Expertos hablan de este mal de la era digital.

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(Foto: COLPRENSA/VANGUARDIA LIBERAL)
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Las grabaciones de actos sexuales de Tiziana Cantone, una italiana de 31 años, terminaron publicadas en internet, al parecer por su exnovio, como acto de venganza. El pasado pasado 6 de septiembre, ella se quitó la vida, después de sufrir matoneo por más de un año debido a esto.

Cantone fue víctima de la “porno-venganza”, práctica que consiste en la publicación en internet de material íntimo grabado con consentimiento de quienes participan en la relación sexual. Además de la humillación que genera la difusión de estas imágenes, éstas se pueden viralizar en redes sociales e incluso terminar hasta en portales webs creados para publicar este tipo de contenido.

Con la italiana, la burla se enfocó en la frase pronunciada por ella: “Stai facendo un video? Bravo!” (¿Estás haciendo un video? ¡Bravo!), que generó hasta camisetas y grupos en redes. Si bien actualmente la frase no genera resultados en Facebook; Instagram registra más de tres mil publicaciones, Youtube 2.920 y Google recopila todo tipo de memes.

Qué hacer en estos casos

¿Quién tiene la culpa en la porno venganza? Camilo Gutiérrez, jefe del laboratorio de investigaciones de ESET Latinoamérica, señala que es una problemática que no se debe enfocar en buscar culpables, sino soluciones.

“Al final se reduce a algo que tiene que ver con la privacidad de los usuarios en internet y muchas personas no son conscientes de que una vez que uno decide mandar una fotografía o un video, pierde todo el control de ese material” afirma.

Si esto sucede en Colombia, las víctimas podrían empezar con una acción de tutela que exija la eliminación del material, apelando a una vulneración al buen nombre, la honra y la dignidad humana, según explica el constitucionalista Juan Carlos Lancheros.

Además, con el derecho a la autodeterminación de la propia imagen, se elimina el argumento de que la víctima se había dejado grabar. Es decir que cada quien tiene la potestad de proyectarse como lo desee en cada momento se su vida y esto incluye el derecho al olvido.

Sin embargo, afirma que hay un principio de neutralidad que no se mete con las plataformas digitales, sino con los usuarios que publicaron el contenido. Solo en caso de tener un alto contenido sexual o menores de edad, la Corte Constitucional podría dirigirse a los portales.

Más allá de su eliminación de las redes, las víctimas también pueden apelar por una indemnización económica por perjuicios, la cual debería partir de la presunción de culpa del demandado, pero, comenta Lancheros, habría que investigar para comprobar que la publicación de las imágenes no se dio por un robo del celular, por ejemplo.

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Publicado por COLPRENSA

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