jueves 27 de junio de 2013 - 2:48 PM

Justicia ordinaria investigará cinco militares por muertes en Barrancabermeja

Así lo determinó este jueves la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. Los uniformados son procesados por la muerte de cuatro personas en zona rural de Barrancabermeja, Santander, en hechos ocurridos en septiembre de 1997.
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Los uniformados (dos oficiales, dos suboficiales y un soldado), para el momento de los hechos adelantaban una operación de rescate del señor Eduardo Evans Nemen, hermano del entonces alcalde de Barrancabermeja, quien había sido secuestrado por miembros del Epl en una finca ubicada en esa región.

Para la Sala, si bien los uniformados se encontraban adelantando una operación que le había sido encomendada como miembros de la Fuerza Pública, no existe certeza si los decesos se produjeron como consecuencia de combates producto de la acción militar.

“Atendiendo la relación de elementos de prueba que refiere la Fiscalía en su escrito de acusación, a criterio de esta Sala el mismo no arroja certeza alguna de que las muertes de los señores Luis Alfredo Naranjo Pico, Arseno Fonseca Avendaño, Luz Helena Cortez Carvajal y Victoriana Carvajal Retamoso, hayan ocurrido en combate, conforme las versiones contradictorias del personal del Ejército que participó en el operativo”, precisó la Judicatura.

La Corporación señaló en la providencia que de acuerdo con los preceptos constitucionales y la jurisprudencia de la Corte Constitucional, cuando existe duda sobre presuntos delitos cometidos por miembros de la Fuerza Pública, la competencia para conocer del proceso debe atribuirse a la jurisdicción ordinaria.

“Si hay duda sobre el vínculo directo del delito con el servicio, que la Constitución exige para que tenga aplicación el Fuero Penal Militar, y siendo que tal fuero constituye una excepción a la regla general de competencia en cabeza de la jurisdicción ordinaria, resulta imperativa la aplicación de dicha regla general porque, tal como quedó visto, sólo cuando haya certeza sobre los elementos del fuero procede su excepcional aplicación”, agregó la Sala Disciplinaria.

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