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Armando Martínez
Miércoles 14 de julio de 2021 - 12:00 PM

El reglamento electoral para el Congreso de 1821

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Dada la experiencia de Juan Germán Roscio en la redacción de los reglamentos electorales que guiaron los comicios que permitieron elegir los diputados provinciales ante los congresos constituyentes venezolanos de 1811 y 1819, en los que se estableció que el Pueblo era el soberano, la tentación de atribuirle el reglamento para la elección de los diputados ante el Congreso constituyente de la Villa del Rosario es grande. Pero en honor a la verdad hay que sostener que el reglamento del 17 de enero de 1820 para las elecciones provinciales proviene de otra mano.

Francisco Antonio Zea es el mejor candidato a la autoría tanto del discurso de convocatoria al Congreso como de este reglamento electoral. En cada provincia conquistada por los ejércitos libertadores, serían los comandantes militares los encargados de convocar los comicios en las capitales. Los ciudadanos sufragantes debían ser mayores de 21 años con alguna propiedad raíz superior a mil pesos, o con algún oficio o profesión que le permitiera ganar anualmente 500 pesos. Los ciudadanos elegibles como diputados al Congreso de la Villa del Rosario deberían tener más de 25 años, con bienes raíces superiores a los 5.000 pesos o con una renta anual superior a 500 pesos. Cada provincia debía elegir 5 diputados titulares y 5 suplentes, con lo cual se esperaba que llegasen al Congreso 95 diputados de 19 provincias ya conquistadas por las armas republicanas.

Este reglamento electoral asumió que era imposible asignar los diputados que le corresponderían a cada provincia conforme a su población, dado que no existía un cálculo demográfico fiable. Por eso le asignó a todas las provincias “liberadas” en los departamentos de Cundinamarca y Venezuela el mismo número de diputados: cinco, nombrados por 15 electores. Las asambleas electorales de las provincias, integradas por los electores primarios, se congregaron para elegir a los cinco diputados y fue así como la organización electoral funcionó durante todo el año 1820. A ella se debe la selección de los 71 diputados que efectivamente estuvieron presentes en la Villa del Rosario desde el 6 de mayo, cuando comenzaron las sesiones del Congreso constituyente.

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