domingo 06 de diciembre de 2015 - 12:01 AM

Jesús Rodrigo Fernández

¿Se excedió en interpretación?

La representación del sector privado en los Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales, C.A.R., se ordenó en el artículo 26 de la ley 99 de 1993 y, curiosa y absurdamente, el artículo 25 de la misma ley estableció que a esos representantes privados los elegían las Asambleas Corporativas conformadaspor representantes del sector público. Así operó la elección hasta que en el 2008 la ley 1263 estableció: “El proceso de elección de los representantes del sector privado ante el Consejo Directivo de las Corporaciones Autónomas Regionales, deberán realizarlo integrantes de su mismo sector”. Quince años debieron transcurrir para que el gobierno permitiera que el sector privado pudiera elegir, directamente, sus representantes en los Consejos Directivos de las C.A.R..

En atención a lo anterior, el 16 de septiembre de 2015 se expidió el decreto 1850 que se ocupó de reglamentar “... el trámite de elección de los representantes del Sector Privado ante el Consejo Directivo de las Corporaciones Autónomas Regionales”. Este es preciso en los requisitos que deben cumplir las “organizaciones” que pretendan participar en la elección de los representantes, postular candidatos o ejercer los dos derechos. El artículo 2.2.8.5A.1.3. establece que deberán presentar “Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio”, un documento que solo pueden acreditar sociedades y organizaciones y no personas naturales a las cuales se les expide, si desarrollan una actividad comercial, el certificado de Registro Mercantil que es un documento diferente al señalado en la norma.

De otra parte, si el decreto que nos ocupa habla de “ Las organizaciones del sector privado que estén interesadas...”, está excluyendo la posibilidad de que personas naturales postulen candidatos o se autopostulen. Las dos circunstancias se presentaron en el proceso de elección de representantes de la Cdmb el miércoles, gracias a que la Administración no dio crédito a los argumentos de los representantes de la Cámara de Comercio, los gremios y asociaciones profesionales de Santander que debieron abandonar el auditorio de la Entidad antes que validar una elección que podría reñir con la letra y el espíritu de la norma. Los organismos de control deberán examinar el asunto.

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