Hace pocos días, un ciudadano presentó en redes sociales un video en el que mostraba la manera como se ha horadado uno de...
Hace algunas semanas, un ciudadano en ejercicio de su legítimo derecho a ejercer control social a la contratación estatal, realizó una denuncia pública sobre aparentes inconsistencias en la contratación de personas naturales en el Área Metropolitana de Bucaramanga, AMB.
La denuncia hacía referencia a varias situaciones presuntamente irregulares, como, por ejemplo, la firma de contratos de prestación de servicios, donde se evidencia la presentación mensual del mismo informe de actividades para el cobro de sus honorarios, con las mismas evidencias de ejecución, es decir, se presenta cada mes el mismo documento, con la misma prueba fotográfica, solo cambiando la fecha.
En otro caso, se encontró la contratación de un profesional de la salud, para realizar las mismas funciones de las que se encarga la ARL.
Esto, además de otras presuntas irregularidades, como el hallazgo de firmas diametralmente distintas de un mismo contratista, lo cual podría configurarse como falsedad en documento, fueron identificadas y expuestas por el veedor ciudadano.
Frente a la denuncia, el director del Área Metropolitana de Bucaramanga aseguró en medios de comunicación que no existió ninguna irregularidad, y que se trataba de unas simples “incongruencias”, además de manifestar que no respondería a “veedores que obviamente no son competentes sino a las instancias que si lo son”.
Frente a las declaraciones del director del AMB, hay que recordar, que la función de control social ejercida por los veedores es una manifestación de los principios democráticos y participativos en los que se funda el Estado colombiano. La administración pública, debe responder no solo a las autoridades competentes, sino también, a la ciudadanía.
En este sentido, es clara la obligación contenida en el estatuto del funcionario público que dispone como un deber “atender con diligencia y resolver con eficiencia los requerimientos de los administrados” por lo que no es cierto ni sensato, creer que no debe responder a los ciudadanos o veedores que eleven cualquier tipo de solicitud o denuncia ante la administración. Así mismo, en la Ley 850 de 2003, se encuentra la disposición expresa respecto a que “La información solicitada por las veedurías es de obligatoria respuesta”.
Por lo tanto, teniendo en cuenta las presuntas irregularidades en la contratación del AMB, es importante exigir, en efecto, las respectivas investigaciones por parte de los entes de control, pero también, una respuesta seria por parte de la entidad, sobre las inconsistencias documentadas y denunciadas por quienes realizan control social, en procura de una administración pública eficiente y transparente.