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Ramiro Serrano
Miércoles 06 de marzo de 2019 - 12:00 PM

Sabe usted ser consejero

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La ley 675/01 en su artículo 53, establece que sólo es obligatorio nombrar consejos de administración en los Edificios o Conjuntos mixtos o comerciales donde existan más de 30 unidades privadas excluyendo parqueaderos o depósitos, siendo para los otros tipos de copropiedades facultativo nombrar estos órganos.

En los conjuntos de carácter residencial donde existe el mayor interés en constituirlos, nos preguntamos si quienes son consejeros están en capacidad de ejercer dicho cargo y cumplen con los siguientes requisitos mínimos: 1. Conocer el reglamento de propiedad horizontal, porque es a partir de él que se toman decisiones y se controla la persona jurídica. 2. Conocer de la reglamentación, la norma urbanística y el uso que se le debe dar a las unidades privadas y comunes de la copropiedad; pues son los consejos los facultados para imponer sanciones por violación a estas disposiciones, o incluso más importante, crear acciones correctivas en estos procesos sociales. 3. Tener conocimientos en principios de auditoría, ya que su deber es controlar el gasto; verificar los diferentes tipos de contratación (vigilancia, seguros, trabajos en alturas, piscinas, etc.); hacerle seguimiento al trabajo del administrador; elaborar procesos de control necesarios para el control de cartera, mantenimientos, contratación, SSGT, etc. 4. Tener claro cuáles son las funciones que tiene el administrador de la copropiedad ya que es el consejo quien lo nombra; y el criterio de escogencia no debe ser el de mayor economía, sino el de mejores capacidades para realizar dichas funciones. 5. Una vez termine su periodo como consejero debe tener la disponibilidad y humildad para entregar su cargo al nuevo consejo compartiendo las estrategias y su labor de control.

Es necesario que quien se postule para el cargo de consejero entienda que su nombramiento es para auditar y colaborar a una comunidad en el desarrollo de su objeto jurídico; pero nunca para mandar, ni crear bandos ya que eso destruye la copropiedad. Por eso es necesario que el consejero se capacite y conozca cual es su función dentro de la comunidad.

Y para todos los copropietarios agradecer por su gratuita y noble labor.

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