Con una aplastante mayoría de 103 votos a favor y 6 en contra, la Cámara de Representantes aprobó ayer esta reforma, pese a las advertencias de organizaciones internacionales y ONG.

Publicado por: COLPRENSA
La Cámara de Representantes aprobó ayer en su último debate la ley estatutaria del fuero militar, tras votar uno a uno los 100 artículos del proyecto, y finalmente decidir que se convirtiera en ley con 103 votos a favor y solamente seis reparos.
Sin embargo, la norma deberá surtir el trámite de control constitucional obligatorio ante la Corte Constitucional, antes de ser sometida a sanción presidencial.
A pesar de que el Gobierno, a través de los ministros del Interior y de Defensa, expresó su confianza en que la Corte apruebe la reforma, varios organismos internacionales, ONG y sectores de oposición, han expresado que en su contenido contradice la Constitución de Colombia.
Alba Luz Pinilla, representante del Polo Democrático, dejó constancia de que la reforma no hace referencia a los derechos de las víctimas en la jurisdicción penal militar.
“Lo que hoy (ayer) ha votado este Congreso de la República son artículos violatorios del bloque de constitucionalidad, que contravienen las normas del sistema universal e interamericano de los Derechos Humanos”, sostuvo la Representante.
Se han tramitado definiciones sobre lo que se entenderá por grupo armado, blanco legítimo, combatiente y también determinó qué tipos de delitos no serán atendidos por la justicia penal militar y cómo estará conformado el Tribunal Superior Militar.
Además, esta nueva ley contempla la posibilidad de desarrollar operaciones militares en la ciudades bajo cierto tipo de condiciones.
Uno de los artículos que más levantó polémica es el que hace referencia al blanco legítimo.
“El objetivo final es ese porque los milicianos no tienen el fusil en la mano, pero están haciendo una actividad relacionada directamente con la hostilidad”, explicó el representante Jhon Jairo Cárdenas, para quien este medida es muy amplia, pone al miliciano desarmado y a la sociedad civil en un situación en la que puede ser dados de baja automáticamente.
El ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, aseguró que las ejecuciones extrajudiciales (“falsos positivos”) “quedan excluidos para siempre de la justicia penal militar” y seguirán en manos de la justicia penal ordinaria.
Ejecuciones extrajuciales
Las ejecuciones extrajudiciales o ‘falsos positivos’ y los crímenes que atenten contra el Derecho Internacional Humanitario, que sean perpetuados por miembros de la Fuerza Pública, no serán juzgados por la justicia penal militar, es decir, pasarán a la justicia ordinaria. Con esta medida se intenta dar respuesta a las críticas de algunas organizaciones internacionales que defendían sobre la posibilidad que abría el proyecto de dejar casos impunes.
“Los crímenes de lesa humanidad seguirán siendo juzgados por la justicia ordinaria, no por el fuero militar”, declaró el presidente de la Cámara, Augusto Posada, y luego agregó que “no existe ninguna opción de que este proyecto entregue licencia para la violación de los Derechos Humanos”.
Por su parte, el Ministro del Interior, Fernando Carrillo, reiteró que con el proyecto del Fuero Militar no habrá impunidad.












