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Política
Miércoles 08 de marzo de 2023 - 12:00 PM

El otro lío jurídico del POT de Floridablanca

Una nueva demanda de nulidad que busca tumbar el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, de Floridablanca aguarda por un fallo del juez.

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Archivo / VANGUARDIA.
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Desde hace cinco meses atrás en los archivos del juzgado Décimo Administrativo de Bucaramanga reposa el expediente de una nueva demanda exigiendo la nulidad del Acuerdo Municipal 035 de 2018 que dio vida al Plan de Ordenamiento Territorial, POT de Floridablanca, por presunta “falsa motivación”.

Aunque desde el pasado cinco de octubre del 2022, las partes del proceso presentaron sus alegatos finales y aguardan por el veredicto final por parte del juez, al cierre de esta edición no ha habido ningún pronunciamiento de fondo.

Si bien en la norma se señala que existe un plazo máximo de tres semanas para que el juez expida el fallo respectivo, dicha situación no ha ocurrido en este proceso.

“Son tres semanas las que tenemos para emitir el fallo, pero hay procesos que incluso llevan años aguardando por el fallo y no es culpa de nosotros, es la congestión propia por la que atraviesa la Rama”, explicaron desde el palacio de justicia.

“Falsa motivación”

Según el argumento jurídico de la nueva demanda, Acuerdo Municipal 035 de 2018 por medio del cual se aprobó el POT de segunda generación de Floridablanca, no señalizó ni localizó la red vial nacional y regional que se desarrollarían en el municipio, especialmente lo que tenía que ver con la determinación y clasificación de los terrenos donde se desarrollaría el corredor vial Bucaramanga - Pamplona declarado por el Gobierno Nacional como de utilidad pública e interés social.

Para el abogado, Iván Mauricio Rojas, especialista en derecho urbanístico y autor de la demanda, al haber omitido dichas normas superiores en la elaboración del Plan de Ordenamiento de Floridablanca, se omitió el deber legal de la administración municipal de consultar y atender los límites que impone la Ley a la hora de expedir los POT, razón por la cual pide la nulidad de todo el articulado.

“El Acuerdo Municipal 035 de septiembre 24 de 2018, sancionado el 4 de octubre de la misma anualidad, por el cual se aprobó el Plan de Ordenamiento Territorial de Segunda Generación de Floridablanca 2018 - 2030, adolece de falsa motivación en el entendido que fue expedido omitiendo normas de jerarquía superior que debían, por disposición legal, ser tenidas en cuenta e incorporadas en referido acto administrativo como normas urbanísticas estructurales, específicamente el proyecto vial Bucaramanga - Pamplona junto con su franja de terreno, declarado de utilidad pública e interés social mediante Resolución 1933 de 2015”, señaló Rojas.

Licencias suspendidas

En el epílogo de la vigencia 2022, la Cámara de Colombiana de la Construcción, Camacol seccional Santander, prendió las alarmas por la incertidumbre jurídica con respecto al Plan de Ordenamiento Territorial, POT, de segunda generación de Floridablanca, el cual fue suspendido parcialmente por orden de una autoridad judicial.

Según el asociación gremial, al no existir claridad sobre qué plan de ordenamiento aplicar (Acuerdo Municipal 035 de 2018 o Decreto 0068 de 2016), el municipio y las autoridades urbanísticas no pueden tramitar procesos de licenciamientos nuevos, lo cual genera una parálisis en el desarrollo urbano, en la económica local y en la calidad de vida de sus habitantes.

Para el abogado Sergio Arenas, magister en Derecho Urbano, ante la ausencia jurídica de un POT en Floridablanca las curadurías no han vuelto a expedir licencias urbanísticas para desarrollar obras de infraestructura en ese municipio.

“Las curadurías del municipio no están expidiendo licencias de construcción para obra nueva por una razón: el Tribunal de Santander declaró la nulidad de dos artículos del POT vigente, lo cuál ataca la clasificación del suelo y hace que los curadores no sepan qué POT aplicar, si el último o el anterior. En consecuencia, el municipio de Floridablanca le pidió al Tribunal que corrigiera el fallo, pero este negó dicha solicitud el pasado 21 de noviembre”, explicó a Vanguardia el experto.

Ante la encrucijada jurídica, Arenas considera que los curadores florideños deben aplicar de manera inmediata el POT de 2018 dado que el de 2001 y acuerdos subsiguientes quedaron derogados.

POT suspendido

Pero la administración de Miguel Ángel Moreno tiene otra perspectiva y ante el rechazo por parte del Tribunal Administrativo de Santander de corregir los artículos 20 y 21 de la sentencia que tumbó parcialmente el POT de Floridablanca, ahora el municipio radicó un proyecto de Acuerdo para suspender todo el Plan de Ordenamiento Territorial 2.0 aprobado en el 2018 y en el que se faculta al alcalde para revivir en POT del 2016, estrategia que es respaldada por Camacol Santander.

“Para el gremio es fundamental que exista una normativa aplicable e instrumentos efectivos de planificación que nos permitan avanzar en el desarrollo del sector y la región”, asegura Mario Alfredo Silva, presidente de la Junta Directiva de Camacol Santander.

Los cuestionamientos

Sin embargo, para algunos expertos en derecho urbano consultados por esta redacción, el regresar al Plan de Ordenamiento Territorial del 2016 tendría afectaciones contrarias para el desarrollo territorial de Floridablanca.

“Como el municipio se quedó sin POT ahora la administración Moreno busca que el Concejo apruebe una barbaridad: primero, suspender el decreto que fijó el POT del 2018 y segundo conceder facultades al alcalde para arrancar a hacer otro POT. Si aprueban eso, entra en vigencia nuevamente el Plan de Ordenamiento del año 2016, con lo cual la industria puede seguir en el casco urbano y nuevamente se pueden hacer edificios en altura alrededor del parque”, explicaron expertos en derecho urbano.

El fallo

El pasado mes de agosto, en fallo de única instancia, el Tribunal Administrativo de Santander invalidó los artículos 20 y 21 del Acuerdo Municipal 035 del 2018, mediante el cual la administración del entonces alcalde Héctor Mantilla actualizó el Plan de Ordenamiento Territorial, POT, para el periodo 2018 - 2030.

La determinación judicial del alto tribunal se dio en el marco de la revisión del Acuerdo Municipal 035 del 2018 de Floridablanca, elevado en su momento por la Gobernación de Santander, tras las denuncias publicadas por la Unidad Investigativa de Vanguardia en las que se develó como el cambio del uso de suelo rural a urbano en Ruitoque Alto no estaba ajustado a la ley.

“Se declaran los artículos 20 y 21 del citado Acuerdo Municipal, porque no cumple con los requisitos del artículo 31 de la Ley 388 del 1998, al incorporar o cambiar el uso del suelo de la Mesa de Ruitoque a urbano, sin componente técnico o certificación, que muestre que dicho sector cuenta con infraestructura vial principal, redes primarias de energía, acueducto y alcantarillado”, dice el fallo, con ponencia de la magistrada Solange Blanco.

En tal sentido, el Tribunal dejó sin efectos jurídicos el cambio de uso de suelo de rural a urbano, que en su momento expidió la administración Mantilla, a pesar de las denuncias hechas por veedores, gremios y expertos, sobre las falencias que tenía el controvertido POT.

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Publicado por Redacción Política

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