Colombia.
Polémica sobre obligación de campaña de De la Calle de devolver el anticipo
Así lo advirtió el magistrado del Consejo Nacional Electoral Armando Novoa, quien considera que debido a que De la Calle solo obtuvo 399.180 votos, es decir 2,06% del total de la votación del pasado domingo, la campaña del candidato Liberal debería devolver el valor del anticipo.
“La ley de Garantías Electorales establece que todo candidato presidencial tiene derecho a un anticipo, pero el anticipo debe ser devuelto en el evento en que el respectivo candidato no obtenga una votación superior al equivalente de 4% del total de votos válidos depositados en la respectiva elección”, afirmó el magistrado Novoa.
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Si esto fuera así, el candidato Liberal debería devolver $6.598 millones que le anticipó el Estado para que adelantara su candidatura presidencial.
El artículo de liberación
Sin embargo, contrario a lo manifestado por el magistrado Novoa, otros expertos constitucionalistas afirman que leyes más recientes exoneran a los candidatos presidenciales de devolver los anticipos recibidos, siempre y cuando hayan sido legalmente utilizados en sus campañas.
“El artículo 22 de la Ley 1475 del 2011 es clara en señalar que si no se obtuviere derecho a financiación estatal, el beneficiario del anticipo deberá devolverlo en su totalidad dentro de los tres meses siguientes a la declaratoria de la elección, a cuyo vencimiento se hará efectiva la correspondiente póliza o garantía, excepto en el caso de las campañas presidenciales en las que no habrá lugar a la devolución del monto recibido por concepto de anticipo, siempre que hubiere sido gastado de conformidad con la ley”, explicó un expresidente del CNE.