En buena medida la ciudad se repuso de la profunda indignación que siguió al conocimiento que se tuvo de una fiesta de la...
A pesar de tutela ganada por Andrés Felipe Arias, no todos los aforados de Santander podrán pedir la revisión de sus condenas
- Archivo / VANGUARDIA
La más reciente decisión de la Corte Constitucional de concederle una tutela al exministro de Agricultura Andrés Felipe Arias, a través de la cual el exfuncionario puede pedir revisión de su condena de 17 años de prisión por el escándalo de Agro Ingreso Seguro, habría abierto la puerta para que los aforados en el país, más de 230, que han sido condenados en única instancia también puedan apelar la decisión de la Corte Suprema de Justicia en su contra.
Además: Con doble instancia, ¿qué sigue para Arias?
Así lo consideró el abogado constitucionalista, José Gregorio Hernández al afirmar que bajo el principio de igualdad, la tutela de Andrés Felipe Arias para que la Corte le revise su condena, es solo la primera de muchas más.
“Por un elemental principio de igualdad, con base en el precedente sentado por la Corte Constitucional, todos aquellos que se encuentren en las mismas circunstancias de Arias podrán solicitar que se revisen sus condenas. Aunque la tutela es sólo para su caso, hay un precedente que no puede ser desconocido. De modo que lo probable es que vengan más casos similares”, señaló el experto constitucionalista.
Lea también: Exsenador Iván Moreno continuará recluido en la cárcel de San Gil por orden de la Corte Suprema
El filtro
Sin embargo, en las últimas horas el magistrado Alberto Rojas Ríos, presidente de la Corte Constitucional explicó que la decisión sobre la tutela del exministro, Andrés Felipe Arias está condicionada a tres parámetros: que el aforado esté actualmente privado de la libertad, que no haya podido pedir revisión de su condena previamente y que haya sido condenado después del año 2014.
Así las cosas, el único aforado que podría acceder directamente a la solicitud de su condena ante la Corte, sería el exsenador del Polo, Iván Moreno Rojas, quien fue condenado en 2014 por su responsabilidad en delitos de celebración de contratos sin cumplimiento de requisitos legales, responsabilidad en delitos de concusión y tráfico de influencias.
La otra cara de la moneda la viven Hugo Aguilar Naranjo, Iván Díaz Mateus, Alirio Villamizar, Mario Camacho, Óscar Reyes, Yidis Medina, Carlos Higuera Escalante, quienes por ahora no podrán pedir revisión de sus condenas, ya que no cumplen con todos los requisitos impuestos por la Corte Constitucional.