No podemos confiarnos y olvidar que el descuido de nuestras obras de infraestructura, en cualquier momento pueden desencadenar consecuencias catastróficas, pues son elementos fundamentales de la vida urbana que pueden o no estar en riesgo.
Elecciones - No sea pingo
Venga le explico: Estos son los delitos electorales
Tenga en cuenta que el Código Penal Colombiano tipifica los delitos electorales y las sanciones establecidas cuando un ciudadano o funcionario público comete alguna de estas conductas.
Vanguardia y ‘No sea Pingo’ le cuenta qué es lo que no se puede hacer en estas elecciones y las penas de prisión en las que puede incurrir si es sorprendido infringiendo estas normas.
Acá le contamos qué son y cuáles son las penas en las que puede incurrir.
01. Perturbación del certamen democrático
Perturbar el orden público, participar en asonadas, robar tarjetones o urnas, portar armas y quebrantar la ley seca puede llevar hasta 12 años de cárcel.
02. Constreñimiento o fraude al sufragante
Obligar o amenazar a alguien para votar por un candidato puede tener hasta 9 años de cárcel.
03. Corrupción al sufragante
Está prohibido otorgar contratos estatales para que un ciudadano vote por un candidato. Tiene de 4 a 8 años de prisión o una multa entre 200 a 1.000 salarios mínimos.
04. Voto fraudulento
No se puede suplantar a otro ciudadano o votar más de una vez en unas mismas elecciones.
05. Alteración de resultados electorales
No se puede alterar el resultado de una elección. Cualquier intento puede implicar duras penas en prisión.
06. Retención y posesión ilícita de cédula
No se puede desaparecer o retener una cédula para evitar que ejerza su derecho al voto.
07. Fraude a inscripción de cédulas
El trasteo de votos o la inscripción atípica de cédulas en municipios distintos al lugar de residencia de los ciudadanos es una acción fraudulenta.
08. Tráfico de votos
No está permitida la compra de votos ni con plata, comida u objetos. Puede denunciar estos casos a la Fiscalía y el Ministerio de Interior.
09. Financiación ilícita de campañas
Se prohíben los aportes a las campañas que vengan de fuentes ilícitas como el narcotráfico o el lavado de activos. Esto será sancionado.
10. Violación de los topes
Las campañas electorales tienen topes en sus gastos. Para las elecciones de Senado sería de 96.215 millones de pesos para cada una de las listas de los candidatos. Sin embargo para las circunscripciones indígenas este monto disminuye a dos mil millones de pesos.
En cuanto a las elecciones de la Cámara de Representantes los aspirantes podrán gastar hasta 2.641 millones de pesos y el de las minorías que aspiran a este mismo órgano será de 962 millones de pesos.
11. Omisión de los aportes
Los candidatos están obligados a reportar sus aportes en el portal Cuentas Claras. No hacerlo implica penas en prisión de 4 a 8 años y multas de hasta 1.200 salarios mínimos.
12. Elección ilícita de candidatos
Ningún candidato puede ser elegido si está inhabilitado por decisión judicial o por la Procuraduría.
Los principales delitos electorales
Entre los delitos más conocidos está el costreñimiento al sufragante, donde un ciudadanos es amenazado o presionado para que vote para un candidato determinado. Recuerde que el voto es libre y nadie puede obligarlo a votar por alguien no quiere.
También está el tráfico de votos. Nadie puede ofrecerle ni plata, ni cemento, ni tejas para influenciar su voto, incluso si es para que vote en blanco o se abstenga de sufragar.
Además, está el fraude en la inscripción de votos o la trashumancia electoral. El trasteo de votos se da cuando se da la inscripción atípica de cédulas en municipios distintos al lugar de residencia de los ciudadanos. Recuerde que usted sólo puede votar en la ciudad donde vive, trabaja o donde nació.