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Barrancabermeja
Domingo 12 de junio de 2016 - 12:00 PM

Navelena no cumplió cierre financiero de la APP del Río

Cormagdalena informó que inició el proceso de imposición de multas. Una suma de 20 millones 863 mil 620 diarios, hasta tanto se cumpla con la acreditación del cierre financiero.

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Cormagdalena informó que Navelena no logró cierre financiero del proyecto de recuperación de la navegabilidad del río Magdalena. Se Iniciará la imposición de multas. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Cormagdalena informó que Navelena no logró cierre financiero del proyecto de recuperación de la navegabilidad del río Magdalena. Se Iniciará la imposición de multas. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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Cormagdalena informó que Navelena no logró cierre financiero del proyecto de recuperación de la navegabilidad del río Magdalena. Se Iniciará la imposición de multas. (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

Tras el anuncio de Odebrecht de ceder un porcentaje de su participación en la sociedad que ejecuta el proyecto de recuperación del río Magdalena, Navelena no logró el cierre financiero de la APP del Río.

Cormagdalena informó que vencido el plazo contractual para cumplir con la obligación, Navelena SAS no presentó la documentación pertinente.

Según el contrato, si al vencimiento del décimo octavo mes (contado a partir de la suscripción del acta de inicio de ejecución) no se ha obtenido el cierre financiero a satisfacción de Cormagdalena, se causarán las multas por el retardo. De hecho, Cormagdalena aseguró que inició el proceso de imposición de multas por valor diario de 30 smlv ($20.863.620), hasta tanto se cumpla con la acreditación del cierre.

Se conoció también que Navelena, además de no lograr el cierre financiero, no presentó al nuevo socio.

Pese a todo, Cormagdalena reportó el recibido de nueve propuestas de interesados, todas firmas extranjeras, que se encuentran en etapa de revisión jurídica.

En tal sentido, Cormagdalena comunicará a Navelena SAS que, en un término no mayor a 30 días, deberá definir el cesionario para la autorización final por parte de la Corporación, la forma y la documentación que acredite el cierre financiero, so pena de iniciar el proceso de caducidad del contrato firmado.

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Publicado por MARCELO ALMARIO CHÁVEZ

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