Sin Personero quedaría temporalmente el municipio del Palmar, luego de un fallo emitido el 25 de abril por el Juzgado Primer Administrativo de Descongestión de la ciudad de San Gil, mediante el cual declaró la nulidad de la elección como personero de Nelson Cala Quintero.

Publicado por: NANCY GÓMEZ CALA
La notificación de la decisión en primera instancia, se entregó al demandante, Javier Ernesto Cala Santos mediante oficio expedido por esta autoridad, con fecha 26 de abril.
De esta manera, se declaró una nulidad parcial del Acta No. 02 del 6 de enero del 2012, que expidió el Concejo de Palmar, en lo que respecta a la elección como personero de Nelson Cala Quintero, para el periodo 2012-2015, pero se mantiene la elección de la secretaria del Concejo.
Según el demandante, el personero del Palmar estaría inhabilitado para ser elegido en el cargo del Ministerio Público, debido a que presuntamente “es hermano del ciudadano Édison Cala Quintero, coordinador zonal del Programa de Atención a la Primera Infancia, que hace parte del convenio Alcaldía - Ministerio de Educación Nacional, por intermedio de la Asociación Departamental de rectores y colegios privados de Santander”.
Ante el Juzgado, el demandante indicó que dentro del año anterior a la elección, éste habría celebrado contrato en interés propio con la Corporación Autónoma Regional de Santander, CAS, entidad que ejerce jurisdicción en todos los municipios de Santander, entre ellos Palmar.














