La Jueza 16 Civil Municipal, Yolanda Sarmiento Suárez, habló con Vanguardia.com sobre su fallo de tutela y el incidente de desacato.

Publicado por: REDACCIÓN VANGUARDIA.COM
El pasado 14 de febrero, la jueza 16 Civil Municipal, Yolanda Sarmiento Suárez, amparó el derecho al mínimo vital, al trabajo y a la igualdad del comerciante de la Plaza de Mercado Central Oswaldo Abril Arciniegas y ordenó levantar la restricción del Pico y Placa en el Centro de Bucaramanga de forma transitoria. En su opinión, la medida de Pico y Placa zonal, que rige desde el pasado 23 de enero en Bucaramanga, vulnera los derechos no solo de este comerciante sino, de todos los que trabajan dentro de la zona en la que aplica la restricción vehicular.
La respuesta de la Dirección de Tránsito de Bucaramanga fue eximir del Pico y Placa al comerciante que instauró la acción de tutela. Al considerar que no era ese el verdadero alcance del fallo judicial, el apoderado del comerciante radicó ante el Juzgado 16 Civil Municipal un incidente de desacato.
En entrevista con Vanguardia.com, la jueza Sarmiento Suárez explicó los detalles de su decisión.
¿El alcance del fallo es colectivo, independientemente de que la tutela sea una acción interpartes?
Independientemente. Se le garantizan sus derechos al señor, el derecho al mínimo vital. ¿Esto qué implica? Que puedan acceder los clientes de él, a fin de que le compren sus productos y así, mantener el estatus de vida que venía llevando hasta el momento. Entonces, si estoy protegiendo esto, quiere decir que todos los clientes de él tendrían acceso a la zona.
Me quedaba muy difícil que el señor me pasara un listado de todos los clientes para que puedan transitar por el Centro de Bucaramanga. La orden es protegerle el derecho a la igualdad, al mínimo vital y el derecho al trabajo. Entonces, junto a eso quedan protegidos los derechos de los demás comerciantes, es una garantía que no puede ser unipersonal.
¿Qué exige el fallo al Alcalde y al Director de Tránsito?
La orden que se le da al Alcalde (de Bucaramanga) y al Director de Tránsito es levantar, de manera transitoria, la medida de Pico y Placa zona Centro, dado que al señor se le dice que tiene cuatro meses para interponer una acción popular y que el juez natural, que en este caso es el juez administrativo, se pronuncie sobre esa medida que tomó el Alcalde.
¿En cuánto tiempo debe ser acatada la tutela?
“En un término de 48 horas una vez sean notificados del fallo de tutela. La notificación fue el 10 de febrero. El pasado 14 de febrero se les notifica el incidente de desacato que se ha iniciado y está en trámite por el incumplimiento de la orden dada”.
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¿Qué pasará si se comprueba el desacato?
“Al no dar cumplimiento a la orden dada, la ley establece que no solo se hacen acreedores a multas, sino también a arresto, a compulsar copias a la Fiscalía para que investiguen la posible comisión de fraude procesal y la investigación disciplinaria que se solicitaría a la Procuraduría. Ya se les notificó (el incidente de desacato) y se les dice que tienen 24 horas para que den cumplimiento a la orden. Hoy (jueves) se les vencieron las 24 horas para que acaten la orden”.
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¿Exactamente desde cuándo debió dejar de regir la medida de Pico y Placa zona Centro?
La medida debió dejar de regir desde el día que se les notificó el fallo de tutela. La gente está amparada con el fallo de tutela, que no le den cumplimiento es una cosa diferente. La orden es levantar el Pico y Placa de manera transitoria en el Centro de Bucaramanga. Ellos la están incumpliendo. Mientras no exista un fallo que revoque esa decisión, la orden está vigente. Y hasta el momento no ha habido decisión por parte del circuito para que revoque la decisión que tomé.
¿Qué opina de la decisión de levantarle la restricción a un solo comerciante?
Es un incumplimiento al fallo de tutela. Hay una orden dada y la orden dice que se debe levantar el Pico y Placa. Mientras no sea levantado por los términos dados por el Juzgado pues está desacatando la orden emitida.
¿Cuál es el paso a seguir?
Ya se está dando el trámite al incidente de desacato que interpuso el señor Oswaldo el día 14 de febrero.
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