Bucaramanga
Viernes 08 de octubre de 2010 - 12:00 AM

Pese a los reclamos, ratifican Pico y Placa

Al tiempo que el tema del nuevo Pico y Placa se debatía en el Cabildo, ayer la Dirección de Tránsito expidió la resolución por la cual modificó este sistema de restricción vehicular en Bucaramanga. Y tal como estaba previsto, se incluyeron en tal disposición a las motos.

Los temas de la movilidad vehicular en el área metropolitana y, de manera particular, el nuevo Pico y Placa fueron analizados durante la mañana de ayer en el Concejo de Bucaramanga. Tras un sobrio debate, muchos de los corporados le propusieron al director de Tránsito, Julio Enrique Avellaneda Lamus, reconsiderar la restricción vehicular. Sin embargo, el funcionario se mantuvo en lo estipulado por la Alcaldía y aseguró que este sistema comenzará a adoptarse desde el próximo lunes, 11 de octubre.(Foto: Foto: Nelson Díaz / VANGUARDIA LIBERAL)
Los temas de la movilidad vehicular en el área metropolitana y, de manera particular, el nuevo Pico y Placa fueron analizados durante la mañana de ayer en el Concejo de Bucaramanga. Tras un sobrio debate, muchos de los corporados le propusieron al director de Tránsito, Julio Enrique Avellaneda Lamus, reconsiderar la restricción vehicular. Sin embargo, el funcionario se mantuvo en lo estipulado por la Alcaldía y aseguró que este sistema comenzará a adoptarse desde el próximo lunes, 11 de octubre.(Foto: Foto: Nelson Díaz / VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: Euclides Ardila Rueda

Mientras los corporados y los motociclistas solicitaban el retiro de esta medida, Julio Enrique Avellaneda Lamus, director de Tránsito Local, confirmó los cambios del Pico y Placa; los cuales comenzarán a regir a partir del próximo lunes, 11 de octubre.

El acto administrativo No.  637 ordenó restringir la circulación de carros particulares, camperos y camionetas 'pick up', entre otros, en el horario que va de las 6:00 a.m. a las 9:00  a.m. y de las 5:00  p.m. a las 8:00 p.m., de lunes a viernes durante los días hábiles, teniendo en cuenta el último dígito de la placa del vehículo.

De  acuerdo con el  nuevo programa de restricción,  vigente a partir del 11 de octubre, los días lunes  cumplirán la  medida los vehículos  terminados en placas  número 7, 8, 9 y 0;  los martes,  los  terminados en 1, 2, 3 y 4; los miércoles, los de placas terminadas en 5, 6, 7 y 8; los jueves, los de placas terminadas  en 9, 0, 1 y 2;  y  los viernes, los terminados  en placas 3, 4, 5 y 6.

La  disposición  también señaló  que los vehículos de importación temporal y/o matrícula extranjera que ingresen a la  ciudad,  cumplirán   la restricción de acuerdo al último dígito numérico de la placa, sin tener en cuenta la letra o letras finales y siempre que la permanencia en la ciudad sea de más de ocho  días hábiles. Precisó  que ese periodo se verificará con la fecha de expedición del auto de importación temporal y/o el permiso aduanero de internación de la DIAN.

De  otra parte, la norma señaló que el Pico y Placa  para los automotores de servicio particular clase motocicleta, motocarro, mototriciclo y cuatrimoto,  regirá  de igual forma, de lunes a viernes durante los días hábiles y  en el horario de 6.00 a.m. a 9:00 de la mañana y de 5:00 de la  tarde a 8:00 de la noche, teniendo en cuenta el último dígito de la placa de la motocicleta, según la  siguiente programación:

Los  días lunes, las  motocicletas  con placas  terminadas en 1 y 2 ; los martes, las terminadas en 3 y 4; los miércoles, las terminadas en  5 y 6;  los jueves, las terminadas  en 7 y 8; y los viernes, las terminadas en  9 y 0.

Finalmente, Avellaneda Lamus hizo dos precisiones más:

Primera: durante la próxima semana los comparendos a los infractores serán pedagógicos; después, quienes le saquen el quite al Pico y Placa deberán pagar multas  equivalentes a 15 días del salario mínimo legal vigente.

Segunda: la programación del sistema de Pico y Placa   será objeto de rotación cada cuatro meses.

VÍAS QUE SE EXIMEN DE LA RESTRICCIÓN

* Anillo Vial, jurisdicción del Municipio de Bucaramanga, en el sector comprendido entre el Puente de Terpel (sobre la Quebrada La Rosita) y el Puente Tierra (corregimiento Vijagual, vía al Mar).

* La Calle 105, entre la Carrera 33 (Vía Antigua B/manga-Floridablanca) y la Terminal de Transportes.

* La Calle 67 de La Salle, La Victoria y Pablo VI, hacia la Terminal de Transporte y hacia Girón.

EXCEPCIONES A LA RESTRICCIÓN

Se excluyen de cumplir el Pico y Placa a los siguientes vehículos:

* Los de servicio de asistencia médica especializada identificados externamente; y los de emergencia demarcados con identificación permanente (ambulancias y bomberos).

* Los de servicio especial para el transporte de estudiantes, asalariados, turistas o particulares, vinculados a una empresa legalmente constituida y habilitada bajo esta modalidad.

* Los vehículos de propiedad de medios de comunicación, dotados de equipos que no puedan ser reemplazados por otros vehículos, como el caso de transmóviles u otros de características especiales, debidamente identificados.

*Los vehículos que estén ocupados por los magistrados, jueces, procuradores judiciales y fiscales.  

* Los recolectores de basura, debidamente identificados y acreditados.

* Los automotores que van en tránsito para otras ciudades y/o llegan a la ciudad, acreditando en caso de ser requeridos, el recibo de pago de ingreso del peaje, actualizado a la fecha de ingreso.

* Los que sean de propiedad de las Fuerzas Militares, Policía Nacional, DAS, INPEC y Fiscalía.

* Los conducidos por personas en situación de  discapacidad, cuyos vehículos se encuentren debidamente acondicionados y los utilizados para el transporte de estas personas siempre y cuando él o los discapacitados estén  ocupando el vehículo.

* Los vehículos de blindaje igual o superior a nivel tres.

* Precisa  la norma que los de carga continuarán con las  medidas establecidas para esta clase de transporte, exceptuando las camionetas picó y estacas que a partir de la fecha quedan incluidas en la restricción.

* Ojo: los vehículos de servicio de transporte colectivo e individual de pasajeros tipo taxi, serán regulados de acuerdo  con la reglamentación vigente.

Publicado por: Euclides Ardila Rueda

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