En momentos en que el Gobierno y las Farc trabajan en superar el 'nudo' suscitado por las precisiones que deben hacerse al acuerdo de justicia y del fin del conflicto, un nuevo paso de desescalamiento promete afianzar la confianza entre las partes.

Publicado por: COLPRENSA
Se trata del indulto a 30 guerrilleros que se encuentran en las cárceles del país cumpliendo su pena de prisión por el delito de rebelión. Es decir, que dentro de quienes gozarán de esta medida, no hay recluidos por delitos graves.
Si bien en el ordenamiento jurídico colombiano existe la regla general del sometimiento de todos los individuos a la ley penal, los indultos o amnistías son la excepción a esta norma, cuando quien ha quebrantado la ley no recibe el castigo correspondiente.
Dicho mecanismo ha sido utilizado por el Gobierno como una de las maneras para llegar a un acuerdo de paz, con el fin de que actores armados acepten reintegrarse a la vida civil, abandonando la relación entre la política y las armas.
Sin embargo, ambos mecanismos tienen diferencias. La amnistía es el acto mediante el cual el legislador extingue la acción penal y suprime una pena ya existente sobre determinado grupo.
Ésta puede ser concedida a nacionales colombianos que hayan sido condenados mediante sentencia o procesados por delitos de rebelión, sedición y los conexos con éstos; estando fuera de cualquier grupo armado y habiendo demostrado voluntad de reincorporación a la vida civil.
No obstante, en este caso, la autoridad facultada por la Constitución de 1991 para conceder amnistías es del Congreso mientras que el Presidente de la República sólo tiene facultad para conceder indultos.
En ese punto Francisco Bernate, profesor de Derecho Penal de la Universidad del Rosario explica que el indulto es una figura que está establecida en la Constitución colombiana y el Código Penal, como una formula que extingue la sanción a personas que ya han sido condenadas.
"Aquí hay que aclarar que como segunda condición, éste es un perdón individual, esa es la diferencia que tiene con la amnistía que es general como la que se aplicó en su momento al M-19", dijo el catedrático.
Precisamente, una de las diferencias que anota el experto sobre la amnistía con esa guerrilla y el indulto que concedió el gobierno, es que en los 80 no se abordaba de una forma tan concreta el tema de los delitos de lesa humanidad.
"En este momento la única limitante es que no procedían las amnistías o indultos cuando habían responsabilidades por narcotráfico por la Convención de Viena. Pero hoy en día la limitante no sólo es por narcotráfico, sino por crímenes de lesa humanidad", señaló Bernate.
Esta no es la primera vez que se toma una medida de ese calibre en un acercamiento de paz. El expresidente y ahora senador, opositor acérrimo de los diálogos, Álvaro Uribe Vélez, autorizó en su momento la excarcelación de Rodrigo Granda, cabecilla de las Farc y negociador en La Habana.
No obstante, Jorge Restrepo, director del Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos – Cerac, precisa que si bien en la transición hacia el posconflicto no es primera vez que un gobierno indulta, sí es la primera vez que une ese proceso a una reincorporación.
"Lo nuevo es que son unos indultos ligados a un proceso de reincorporación. Además, van a empezar a preparar a todos aquellos presos de las Farc, bien sea ya condenados o procesados penalmente, en unos patios especiales para prepararlos para ese proceso", explicó el analista.
En ese sentido el experto concluye que al igual que la suspensión de las campañas que promueven la desmovilización, éste es un paso decisivo en la preparación de la etapa del postconflicto; donde además de silenciar los fusiles, persiste el reto de incorporar a los desmovilizados de esta guerrilla.














