La Procuraduría General de la Nación interpondrá demanda de casación contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior Penal de Bogotá que ratificó la condena de 30 años de cárcel contra el coronel en retiro, Luis Alfonso Plazas Vega, por los hechos relacionados con la retoma del Palacio de Justicia en noviembre de 1985.

Publicado por: COLPRENSA
El Ministerio Público consideró que el Tribunal erró gravemente al condenarlo "con ausencia de certeza para hacerlo, especialmente en lo referente a los requisitos planteados para la atribución del delito de desaparición forzada, en cuanto al dolo y la acción".
En concepto de la Procuraduría la sentencia vulnera de manera grave un principio fundamental en derecho ya que este delito, al momento de la ocurrencia de los hechos, no estaba consagrado en el ordenamiento jurídico interno.
Así mismo, estimó que dicha sentencia vulneraría el hecho que habrían "dudas razonadas que ofrecen las pruebas se dedujo la culpabilidad del Coronel en retiro".
Mediante un comunicado, el ministerio Público señaló que el Tribunal "se apartó de las pautas de vigencia y competencia que edifican la aplicación e interpretación del Estatuto de Roma y sus reglas de complementariedad y subsidiariedad, cuando solicita que el Fiscal Jefe de la Corte Penal Internacional ordene la apertura de una investigación contra el ex Presidente Belisario Betancourt".
Sobre este punto, recordó que la Comisión de Acusaciones del Congreso de la República ya investigó al exmandatario y advirtió que el Tribunal erró "la instancia de segundo grado en esta consideración al olvidar que la Corte Penal Internacional no tiene jurisdicción sobre hechos ocurridos en Colombia antes del año 2002, fecha en la que entró en vigencia el Estatuto de Roma para el Estado en materia de Crímenes de Lesa Humanidad y Genocidio, y a partir del 2009 para los Crímenes de Guerra, desfase de 26 años en la invocación normativa".
En cuanto, a la exigencia de que las Fuerzas Militares pidan disculpas a la sociedad por los mencionados hechos, el Ministerio Público condideró que esta demanda no está incluida en la parte resolutiva de la sentencia y, como se trataría de un proceso penal de responsabilidad individual, no se puede sancionar a las Fuerzas Armadas como un todo.














