Colombia
Miércoles 24 de julio de 2013 - 02:39 PM

Protección a sindicatos no depende de reconocimiento legal

Los sindicatos, aún sin personería jurídica, tienen especial protección por la ley, y las penas para quienes atenten contra sus miembros se agravarán.

Protección a sindicatos no depende de reconocimiento legal (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)
Protección a sindicatos no depende de reconocimiento legal (Foto: Archivo/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: COLPRENSA

Así lo determinó la Corte Constitucional al tumbar una expresión de la Ley 1309 de 2009 que modificó el Código Penal y que señalaba que las penas son mayores si se trata de afectaciones de integrantes de sindicatos “legalmente reconocidos”.

La Corte tumbó esa frase al aclarar que la especial protección que cobija a las personas que tienen fueron sindical no puede depender de la personería jurídica, sino que se activa desde la constitución misma del sindicato.

La norma había sido demandada por considerar que se trataba de un requisito de más a los ya reconocidos, lo que afectaba normatividad internacional y los derechos de asociación y de igualdad.

En este caso, la Procuraduría General de la Nación estaba de acuerdo con los demandantes al considerar que el requisito de personería jurídica supeditaba la protección a un reconocimiento por una autoridad administrativa.

Publicado por: COLPRENSA

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