Colombia
Lunes 21 de julio de 2014 - 03:05 PM

"No se tuvieron en cuenta los estándares de libertad de expresión"

Muchas son las reacciones que se han tejido tras el fallo conocerse la firmeza de la condena a 18 meses y 20 días de prisión en contra de Gonzalo Hernán López, todo por cuenta de un comentario a una noticia en un foro de www.elpais.com.co.

"No se tuvieron en cuenta los estándares de libertad de expresión" (Foto: Colprensa/VANGUARDIA LIBERAL)
"No se tuvieron en cuenta los estándares de libertad de expresión" (Foto: Colprensa/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: COLPRENSA

La decisión fue emitida por el Tribunal Superior de Cali, el 17 de febrero pasado, y dejada en firme por la Corte Suprema de Justicia.

Todo se remonta al 26 de noviembre de 2008 cuando Hernán López en referencia a Gloria Escalante, hoy la directora de la Federación de Departamentos: “y con semejante rata como Escalante que hasta del Club Colombia y Comfenalco la han echado por malos manejos que (sic) se puede esperar... ¿el ladrón descubriendo ladrones? ¡bah!”.

Eso el valió al internauta una denuncia por injuria y calumnia, que terminó en la referida condena.

Ante la decisión de la Corte Suprema el penalista y director de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip), Pedro Vaca, fijó su postura.

“El tema de la libertad de expresión está en la primera plana de todo el mundo y al ser un caso que involucra libertad de expresión en internet, nosotros creemos que el Tribunal Superior de Cali no debió haberse limitado a estudiar los cargos, sino que debió evaluar el asunto a fondo”, dijo Vaca.

Es precisamente en este punto en donde se debe discutir el tema pues según Vaca, la condena es contraria a estándares de libertad de expresión porque la justicia y el derecho en general ha dividido en dos los discursos para evaluar si transgreden la libertad de expresión o no. Existen dos tipos de discurso, uno es el de opinión y otros el de expresión. “Los comentarios que se hicieron en este foro (web) deben ser tomados como opinión pues es para eso se abren esos espacios”, dice Vaca.

Según el Director de la Flip en este caso se evaluó si lo que Hernán López afirmó era o no verdad, considera Vaca al cuestionar el fallo. “El debate, por el contrario es si dicho discurso es o no permitido”, este –dice es el primer elemento de juicio- según el director de la Flip.

Existe un segundo elemento que no se cumple con el fallo de Corte. Y es que ese mismo tribual ha definido unos criterios para evaluar si existe o no injuria, uno de estos es la capacidad de dañar la honra de una persona. Desde la Flip se cree que este tipo de comentarios no tienen la capacidad de dañar a nadie, pues “nadie cambia su impresión de algo a punta de comentarios que hay en una noticia que habla sobre el personaje; por lo tanto, esa capacidad lesiva no existe”, afirma Vaca.

Como tercer elemento la Corte Constitucional afirma que las expresiones ofensivas o chocantes están permitidas. “En Colombia no se protege una libertad de expresión de etiqueta, sino una libertad de expresión amplia que incluso protege los discursos que pueden ser ofensivos o chocantes”, agregó Pedro Vaca.

Para Vaca, cuando los funcionarios cometen algún tipo de error están expuestos a recibir este tipo de comentarios. “Ser funcionario público implica ser tolerante con este tipo de comentarios. Más que defender o avalar el comentario, lo que se critica es que no se hayan tenido en cuenta los estándares de libertad de expresión por lo que es necesario que cada caso que exista de este tipo debe ser sometido a estos análisis”, dijo.

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Publicado por: COLPRENSA

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