Bucaramanga
Miércoles 12 de enero de 2011 - 12:00 AM

La letra muerta no respeta ni a los discapacitados

Un año tuvo que esperar Emiro Peña, una persona en condición de discapacidad, para que la EPS a la que estaba afiliado le diera el cojín antiescaras y la silla especial que necesitaba para tener unas condiciones mínimas de dignidad y de salud.

La gran mayoría de los discapacitados tienen que recurrir a la tutela para que la EPS les de elementos como medicinas, prótesis y sillas de rueda adecuadas, pues no están incluidos en el POS. (Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)
La gran mayoría de los discapacitados tienen que recurrir a la tutela para que la EPS les de elementos como medicinas, prótesis y sillas de rueda adecuadas, pues no están incluidos en el POS. (Foto: Archivo / VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: Juan Carlos Chio

Incluso después de que un juzgado falló a su favor una acción de tutela, tuvo que esperar unos 25 días (no las 48 horas reglamentarias) para que la entidad le respondiera finalmente con estos elementos.

Él, al igual que la gran mayoría de los discapacitados físicos, sufre por las heridas que le provoca estar sentado todo el día, producto de una silla no adecuada para su situación. Un problema que, de no tratarse como se requiere, le puede causar a cualquiera una infección e incluso la muerte.

Lo curioso es que, aún cuando a él lo ampara la Ley de Discapacidad (361 de diciembre de 1997), tuvo que recurrir a la justicia, pues esos elementos tan básicos para su vida diaria no están incluidos en el Plan Obligatorio de Salud.

Es decir, el régimen de salud le está negando lo que la misma Constitución le está garantizando.

Es más, según los mismos discapacitados, la gran mayoría, aproximadamente un 90% de los casos (cifra estimada y no oficial), tiene que recurrir a la tutela.

Vanguardia Liberal consultó a varias personas en condición de discapacidad y expertos, como el ex asesor del Ministerio de Protección Social y catedrático, Álvaro Javier Zarama Burbano, quienes no dudaron al afirmar que la norma, que exige el acceso a educación, salud digna, un empleo bien remunerado y derecho al libre desplazamiento, entre otros, no se cumple.

A continuación, el cuarto informe sobre 'letra muerta': la Ley de Discapacidad.


Marco legal

?    Constitución Política de Colombia: artículos 13, 25, 47, 48, 49, 54 y 68, entre otros.

?    Ley 361 de 1997 (Ley de Discapacidad).

?    Ley 100 de 1993 (Seguridad social).

?    Ley 443 de 1998 (Empleo).

?    Ley 715 de 2001.


accesibilidad para discapacitados

Una de las principales falencias en el cumplimiento de la Ley de Discapacitados es la accesibilidad, particularmente, las barreras arquitectónicas. Si bien con la construcción del Sitm y la adaptación de algunas entidades públicas por medio de rampas se ha aplicado la norma, aún hay muchas limitaciones en gran parte de la ciudad.

Sólo por poner un ejemplo, los escenarios deportivos como el Estadio de Atletismo y el Coliseo Vicente Díaz Romero no cuentan con acceso a lugares como los baños, convirtiéndose, según Freddy González Durán, presidente de la Liga de Personas con Discapacidad Física, en uno de los principales obstáculos de los atletas discapacitados del departamento, considerados unos de los mejores a nivel nacional.

Además, se ha confundido la reglamentación, y en algunos lugares se les prohíbe el ingreso a personas con algún tipo de discapacidad, indicando que no están las condiciones de accesibilidad adecuadas.

Esto se da, por ejemplo, en los vehículos de servicio público o sitios de libre acceso como las entidades oficiales, donde por Ley no se le debe impedir su entrada a ninguna persona.


Otras disposiciones por Ley

?    El Gobierno Nacional y los entes territoriales deben disponer de recursos para mejorar la calidad de vida de esta poblaciónr, a través de los planes de desarrollo.

?    Las vías principales deben contar con facilidades de acceso para la población discapacitada y con semáforos especiales para los discapacitados auditivos.

?    Al menos el 10% de los dineros de los que dispone Coldeportes deben estar destinados a los deportistas en condición de discapacidad.

?    Un 2% de los sitios de acceso público, como los teatros, deben estar dispuestos para la población en condición de discapacidad.

?    Las emisiones televisivas de tipo cultural e informativo deben contar con servicios de intérpretes o letras para los discapacitados.

?    Todos los nuevos edificios deben contar con al menos un 2% de parqueaderos para discapacitados (debidamente señalados) y con rampas para el acceso de esta población.


eN Educación SÍ SE ESTÁ AVANZANDO

Según Álvaro Javier Zarama Burbano, uno de los temas en los que sí se está avanzando en la inclusión de la población en condición de discapacidad es en la educación, aunque "aún hay mucho por recorrer".

La Ley garantiza a esta población acceso a la educación y a la capacitación en los niveles primario, secundario, profesional y técnico. Para este hombre, ya hay muchos colegios públicos y privados que están admitiendo a niños con problemas de visión, audición o físicos y "eso es un gran avance".

No obstante, uno de los principales problemas que hay es la discriminación, producto de "muchos factores como el desconocimiento de la norma y la parte cultural", por ello insistió en la parte educativa como herramienta fundamental para "romper esa barrera".

"Hay que fomentar cátedras en los colegios sobre inclusión, en las facultades de ingeniería y de arquitectura, en fin, en todas partes".


Empresas no están contratando

Aunque hay incentivos tributarios para las empresas que contratan personas en condición de discapacidad, lo cierto es que, en la práctica, esto no es muy común, y son muchos los miembros de esta población que se mantienen desempleados.

Esta situación se agrava si se tiene en cuenta que la mayoría es de estratos 1 o 2, y en muchos casos se trata de hombres o mujeres cabeza de hogar.

Según Zarama Burbano, el problema es que muchas entidades son temerosas de contratar, porque a la hora de salir del empleado tienen que pedirle permiso al Ministerio de Protección Social y, si es un despido sin causa justa, pagar hasta el doble de indemnización.

"Hay mucho desconocimiento, van desde un comienzo con la idea de que no va a cumplir con su trabajo, que lo van a tener que echar, cuando ellos son igual o más capaces de cumplir las funciones. Incluso, si es justificado el despido, ahí no se aplica la indemnización, pero eso no lo saben".


Hay un choque de normas en materia de salud

Según los conocedores del tema, la mayoría de los casos de salud tienen que recurrir a la acción de tutela para hacer valer sus derechos.

Esto se da, según Zarama Burbano, a que hay un choque de normas, pues el POS no incluye elementos necesarios para garantizar condiciones mínimas de dignidad, como algunos medicamentos, prótesis o una silla adecuada.

"Puedo decir con certeza que no he conocido aún el primer caso de una persona en condición de discapacidad a la que le hayan negado una tutela, el problema es con el régimen de salud", dijo.

"El Gobierno Nacional destina un dinero para estos gastos, pero no se están usando como se debe. Por ejemplo, en casi todas las alcaldías entregan sillas hospitalarias, que no son aptas para este uso y lo ideal es que sean especiales, con cojines antiescaras", dijo el experto, quien además afirmó que en muchos entes territoriales hace "falta más compromiso de parte de las autoridades, quienes se pelean para no dejarle recursos a los discapacitados, cuando es una obligación de Ley".

Publicado por: Juan Carlos Chio

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