Colombia
Jueves 02 de febrero de 2017 - 12:01 AM

Corte da dos años al Congreso para legislar sobre las corridas de toros

La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el Congreso de la República tendrá dos años para expedir una nueva legislación sobre la tauromaquia en el país.

La Sala Plena consideró contrario a la Constitución el parágrafo que excluye a las corridas del delito de maltrato animal, pero le dio dos años al Congreso para que legisle al respecto. (Foto: Colprensa/VANGUARDIA LIBERAL)
La Sala Plena consideró contrario a la Constitución el parágrafo que excluye a las corridas del delito de maltrato animal, pero le dio dos años al Congreso para que legisle al respecto. (Foto: Colprensa/VANGUARDIA LIBERAL)

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Publicado por: COLPRENSA

Si esto no sucede, se entenderá que las corridas de toros, al igual que las novilladas, las corralejas, las becerradas y las riñas de gallos, serán un delito en el país.

Entre tanto, la Tauromaquia continuará en las plazas del país.

Así lo decidió la Corte ayer al ‘tumbar’ 5 a 4 la ponencia del magistrado Alejandro Linares, que pedía mantener intactas las corridas y no considerarlas dentro del delito de maltrato animal, que creó la Ley 1774 de 2016.

En ese sentido, el magistrado Gabriel Mendoza deberá hacer la nueva ponencia señalando las consideraciones y la decisión que tomó la Sala Plena en el debate de hoy. No obstante, Mendoza termina periodo esta semana y el caso le correspondería al magistrado Jorge Iván Palacio.

Esta nueva ponencia debe ser presentada en Sala Plena nuevamente y solo cuando se haga un nuevo procedimiento formal de votación, saldrá la decisión oficialmente.

Inexequibilidad diferida

La Sala tomó una decisión que se denomina de inexequibilidad diferida a dos años. Es decir, que se considera contrario a la Constitución el parágrafo que excluyó estos espectáculos del delito de maltrato animal, pero solo entrará a regir en dos años, si el Congreso no legisla.

A favor de la ponencia de Linares votaron, además de él, los magistrados Gloria Ortiz, Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas Ríos.

En contra votaron los magistrados María Victoria Calle (cuya recusación fue negada), Gabriel Eduardo Mendoza, Aquiles Arrieta, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas.

Publicado por: COLPRENSA

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