La Sala Plena de la Corte Constitucional determinó que el Congreso de la República tendrá dos años para expedir una nueva legislación sobre la tauromaquia en el país.

Publicado por: COLPRENSA
Si esto no sucede, se entenderá que las corridas de toros, al igual que las novilladas, las corralejas, las becerradas y las riñas de gallos, serán un delito en el país.
Entre tanto, la Tauromaquia continuará en las plazas del país.
Así lo decidió la Corte ayer al ‘tumbar’ 5 a 4 la ponencia del magistrado Alejandro Linares, que pedía mantener intactas las corridas y no considerarlas dentro del delito de maltrato animal, que creó la Ley 1774 de 2016.
En ese sentido, el magistrado Gabriel Mendoza deberá hacer la nueva ponencia señalando las consideraciones y la decisión que tomó la Sala Plena en el debate de hoy. No obstante, Mendoza termina periodo esta semana y el caso le correspondería al magistrado Jorge Iván Palacio.
Esta nueva ponencia debe ser presentada en Sala Plena nuevamente y solo cuando se haga un nuevo procedimiento formal de votación, saldrá la decisión oficialmente.
Inexequibilidad diferida
La Sala tomó una decisión que se denomina de inexequibilidad diferida a dos años. Es decir, que se considera contrario a la Constitución el parágrafo que excluyó estos espectáculos del delito de maltrato animal, pero solo entrará a regir en dos años, si el Congreso no legisla.
A favor de la ponencia de Linares votaron, además de él, los magistrados Gloria Ortiz, Luis Guillermo Guerrero y Alberto Rojas Ríos.
En contra votaron los magistrados María Victoria Calle (cuya recusación fue negada), Gabriel Eduardo Mendoza, Aquiles Arrieta, Jorge Iván Palacio y Luis Ernesto Vargas.















