Durante 12 meses, determinados ciudadanos en Colombia no tendrán que pagar cuota moderadora. La medida fue establecida mediante un decreto expedido por el Gobierno de De La Espriella.

Publicado por: Redacción Vanguardia
Los afiliados al sistema de salud que resultaron damnificados por el terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto podrán acceder durante un año a servicios y tecnologías en salud sin asumir cuotas moderadoras ni copagos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por el Gobierno.
La medida quedó contemplada en el Decreto 1415 de 2026 y busca reducir las barreras económicas para las personas afectadas por la emergencia. Puede leer: Sismo se registró en Santa Helena del Opón, Santander este jueves 24 de septiembre
¿Quiénes podrán acceder al beneficio?
La exención está dirigida a las personas que hayan sido reconocidas oficialmente como damnificadas y aparezcan registradas en el Registro Único de Damnificados (RUD) de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).

Además, deberán tener validada su afiliación al sistema de salud en la Base de Datos Única de Afiliados (BDUA). La medida cobija tanto a quienes pertenecen al régimen contributivo como a los afiliados del régimen subsidiado. También: Financiación y oportunidad: la ruta hacia un acceso real a la salud en Colombia
Esto significa que una persona que se considere afectada por el terremoto, pero que no figure en los registros oficiales exigidos por el decreto, no queda cobijada automáticamente por la exención.
La exención tendrá vigencia de 12 meses
Durante el periodo establecido, los beneficiarios no tendrán que pagar cuotas moderadoras ni copagos relacionados con los servicios y tecnologías en salud que requieran.
El beneficio, además, podrá utilizarse independientemente del lugar del país donde el afiliado reciba la atención. Es decir, no será necesario que el servicio médico sea prestado en el municipio o departamento donde se produjo la afectación.
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Las entidades responsables tampoco podrán condicionar la prestación de servicios, las autorizaciones o la entrega de tecnologías en salud al pago de estos cobros por parte de los beneficiarios. Además: Las claves del “plan de choque” del Gobierno De la Espriella para salvar el sistema de salud
El decreto establece igualmente que los valores correspondientes a servicios prestados durante la vigencia de la exención no podrán ser cobrados posteriormente a los damnificados.
La medida hace parte de la respuesta a la emergencia
El terremoto del 10 de agosto, cuyo epicentro se ubicó en San José del Palmar, Chocó, produjo afectaciones en diferentes zonas del país y llevó al Gobierno a adoptar medidas especiales para garantizar la continuidad de la atención en salud.
La eliminación temporal de estos cobros se conoce mientras el Ejecutivo también desarrolla un plan de choque para atender pacientes que tienen medicamentos, tratamientos y procedimientos pendientes.

Según cifras presentadas por el Gobierno, entre enero y julio de 2026 se registraron más de 1,2 millones de reclamos ante la Superintendencia Nacional de Salud y el 92 % estuvo relacionado con barreras de acceso. Más noticias: Gobierno justifica al presidente De la Espriella por cargar un arma en Santa Marta: “está en terreno”
En ese contexto, el Gobierno anunció una estrategia para identificar a los pacientes con atenciones represadas, determinar qué servicio necesitan, destrabar los recursos y hacer seguimiento hasta comprobar que recibieron la atención.















