Vanguardia.com le cuenta cómo están definidos los dígitos del pico y placa para esta semana. Veamos:

Conozca los dígitos del pico y placa que regirán entre el lunes, 4 de agosto, y el sábado, 9 de agosto, en la capital santandereana. Los dígitos, día por día, según la Dirección de Tránsito de Bucaramanga, regirán de la siguiente manera:
Mañana, agosto 4 de agosto (De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.)

Cobijará a carros particulares y motocicletas cuyo último dígito de la placa sea 5 y/o 6.
Martes, 5 de agosto (De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.)

Tendrán que acogerse a la medida los carros particulares y las motos cuyo último dígito de la placa sea 7 y/o 8.
Miércoles, 6 de agosto (De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.)

Ese día, según Tránsito, no podrán circular carros particulares y motocicletas cuyo último dígito de la placa sea 9 y/ó 0.
Jueves, 7 de agosto (De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.)

No rige el pico y placa por ser día festivo.
Viernes, 8 de agosto (De 6:00 a.m. a 8:00 p.m.)

Regirá para carros particulares y motocicletas cuyo último dígito de la placa sea 3 y/ó 4.
Sábado, 9 de agosto (De 9:00 a.m. a 1:00 p.m.)

El próximo sábado, 9 de agosto, en la citada franja horaria de 9:00a.m. a 1:00 p.m., no podrán salir los carros particulares ni las motos cuyo último dígito de su placa sea 3 y/ó 4.
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Para tener en cuenta
Los conductores que violen esta medida se harán acreedores a multas de 15 salarios mínimos diarios vigentes, lo cual representa un monto aproximado a los $711.000.

Excepciones del pico y placa
- Estos son algunos de los vehículos que no requieren autorización del organismo de tránsito para circular en vías con restricción vehicular: Los destinados a servicios de salud, a la asistencia funeraria, la atención de actividades relacionadas con servicios de emergencias veterinarias, siempre y cuando acrediten el cumplimiento de dicha actividad.
- Los vehículos conducidos por docentes que laboren en establecimientos educativos estatales de cualquiera de los municipios del área metropolitana, serán excluidos de la medida de pico y placa, siempre y cuando tramiten el permiso de circulación restringida y obtengan autorización de la Dirección o Secretaría de Movilidad que corresponda.
- También están exentos los vehículos que estén ocupados por los miembros que conforman el gabinete municipal de Bucaramanga, Floridablanca, Girón, Piedecuesta y departamental de Santander (secretarios, subsecretarios, asesores de despacho, directores, subdirectores y gerentes de institutos descentralizados), Jefes de oficina de la Administración Municipal.
- Vehículos provenientes de otros municipios ajenos al área contarán con excepción a la medida de restricción únicamente durante el día que ingresen a la ciudad, siempre y cuando acrediten el último ticket del peaje actualizado con fecha del mismo día.















